Baja California - Administradora de la Vía Corta de Tijuana-Tecate - (BC)
Solicitud del día 02/10/2024 a la dependencia Baja California - Administradora de la Vía Corta de Tijuana-Tecate - (BC) del órgano Baja California
DescripciónCuanto se cobro por el derecho al servicio al alumbrado publico Respuesta del día11/10/2024Texto de respuestaPor este conducto y atendiendo a su solicitud sobre cuanto se cobró por el derecho al servicio de alumbrado público, a lo que me permito poner de manifiesto que dicha información, se encuentra fuera del ámbito de las facultades de esta Administradora, la cual únicamente fue creada para cumplir con el objeto indicado en el artículo 2 del Decreto de Creación de la Administradora de la Vía Corta Tijuana Tecate, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, de fecha 1 de septiembre de 2000, y conforme al cual, entre otros, se indica que el Objeto es el siguiente: “la Administradora de la Vía Corta Tijuana Tecate tendrá por objeto la Operación, Explotación y Mantenimiento de la Vía General de Comunicación Ferroviaria denominada Vía Corta Tijuana Tecate”. Sin otro particular, quedo a sus órdenes.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-021177424000025