Baja California - Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Baja California - (BC)

Solicitud del día 17/03/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Baja California - (BC) del órgano Baja California

Descripciónen atención a que Todos incumplen TODAS sus obligaciones de transparencia en el marco de la ley y que están desactualizadas e incompletas, links sin funcionar, contratos faltantes sin numero consecutivo, estudios de mercado, y de cada contratación desde 2018 a la Fecha están en desorden, falta documentación actas, juntas, modificación de contratos, de los síndicos que son como las contraloria estatales, muchos informes y todo es simulación, por la cínica corrupción y opacidad evidente de tienen en su portales, se les solicita que cumplan al 100% asi mismo se le solicita al instituto de transparencia informe investigue y sancione porque la opacidad en que están la gran mayoría de los pórtales de los estados, en cuanto a sus órganos de prevención y fiscalización también incumplen por ende de sus sancionados económicamente a quienes se les cobraron las sanciones, que revisión de anexos y compras se realizaron en los contratos relevantes, ya que hay practicas monopólicas, proveedores consentidos a los que se les dieron sobre precios y desatención a las instrucciones del presidente de la republica en su mañanera sobre empresas que contrataron ustedes con sobre precios, de todos los asuntos que recibieron de la ASF y de su similar estatal , resultado concreto de cada expediente recibido. Respuesta del día19/03/2024Texto de respuestaCon fundamento en los artículos 56, fracciones II, III, lV y V, así como el 129 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, los cuales establecen lo siguiente: “Artículo 56.- Los sujetos obligados designarán al responsable de la Unidad de Transparencia que tendrá las siguientes funciones: II.- Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información. III.- Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable. IV.- Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información. V.- Efectuar las notificaciones a los solicitantes Artículo 129.- Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de conocer el sujeto o sujetos obligados competentes, lo hará saber al solicitante. Si los sujetos obligados son competentes para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá dar respuesta respecto de dicha parte. Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme lo señala el párrafo anterior.” Es que, en consideración a lo anterior, se informa que no es competencia de esta Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal anticorrupción de Baja California otorgar la información solicitada, puesto que no posee, genera, ni obra en poder de la misma ese tipo de información. En consecuencia, éste Sujeto Obligado se encuentra imposibilitado para proporcionar la información que requiere.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-022183724000009

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta04/04/2024Fecha solicitud término19/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja CaliforniaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo