Baja California - Secretaría de Seguridad Ciudadana - (BC)

Solicitud del día 20/03/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Seguridad Ciudadana - (BC) del órgano Baja California

DescripciónSolicito saber los siguientes datos sobre la asignación de vehículos de la Fuerza Estatal de Seguridad Ciudadana del municipio de Tijuana para personal administrativo. Fecha de compra o de arrendamiento, año y modelo de los vehículos, periodo de asignación, nombre de las personas a las que se les asignaron.Respuesta del día05/04/2024Texto de respuestaEn relación a lo solicitado se considera información reservada los nombres del personal administrativo a quien se le asignaron los vehículos de la Fuerza Estatal del municipio de Tijuana, lo anterior en virtud de que dicho personal cuentan con la calidad de elementos adscritos a la Fuerza Estatal de Seguridad Ciudadana y en tal sentido pone en riesgo la vida, la seguridad y la salud de los elementos que se encuentran adscritos a la Institución Policial, y por consiguiente al revelarse el nombre de las personas a las que se les asignaron los vehículos se expondría a los elementos a riesgos y amenazas; así mismo al proporcionar dicha información también se impediría la actuación oportuna de estrategias o acciones contra la delincuencia organizada en caso de un atentado, dejando en estado de vulnerabilidad y desventaja comprometiendo la seguridad pública. Hay que mencionar además, que se convertirían en personas identificables poniendo en riesgo las tareas policiales o de tipo operativo toda vez que se tendría acceso y conocimiento de la estructura operativa, de los planes y estrategias referentes a los operativos instrumentados por la Fuerza Estatal, así mismo el daño probable consiste en la posibilidad de que personas ajenas a la institución utilicen la información para sorprender a la ciudadanía al usurpar la personalidad de un funcionario público, o que integrantes de organizaciones criminales los contacten a ellos o a sus familiares para presionar en revelar información, menoscabando las actividades de prevención del delito y combate a la delincuencia, información que suele ser utilizada por grupos delictivos. En razón de los antecedentes expuestos, con fundamento en los artículos 100, 101 párrafo primero y segundo, 104, 106 fracción I, 113 fracciones I, VI, VII y IX, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 11 fracción I, 97, 110 fracciones I, VI, VII y IX de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2 fracción I, 26 fracción II y 27 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con los artículos 4 fracción XV, 106, 107, 108, 109 y 110 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California; se reúnen los requisitos establecidos para clasificar como reservada la información relativa a la solicitud de información pública con número de folio 022756624000080. Sobre el particular cabe mencionar que debe considerarse que el artículo 7, fracciones I y III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, establece que los nombres de los servidores públicos en principio es información pública, sin embargo, existen excepciones a la publicidad de ese dato, conforme lo establece el criterio 06/09, emitido por el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, que a continuación se inserta: Nombres de servidores públicos dedicados a actividades en materia de seguridad, por excepción pueden considerarse información reservada. De conformidad con el artículo 7, fracciones I y III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental el nombre de los servidores públicos es información de naturaleza pública. No obstante, lo anterior, el mismo precepto establece la posibilidad de que existan excepciones a las obligaciones ahí establecidas cuando la información actualice algunos de los supuestos de reserva o confidencialidad previstos en los artículos 13, 14 y 18 de la citada ley. En este sentido, se debe señalar que existen funciones a cargo de servidores públicos, tendientes a garantizar de manera directa la seguridad nacional y pública, a través de acciones preventivas y correctivas encaminadas a combatir a la delincuencia en sus diferentes manifestaciones.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-022756624000080

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación reservadaTipo de respuestaCLASIFICADAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta03/04/2024Fecha solicitud término05/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja CaliforniaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo