Baja California - Secretaría de Seguridad Ciudadana - (BC)
Solicitud del día 24/07/2024 a la dependencia Baja California - Secretaría de Seguridad Ciudadana - (BC) del órgano Baja California
Descripción1. ¿Qué tanto se considera la participación ciudadana para la generación de políticas públicas? 2. ¿Cuáles son los indicadores que permiten contrastar el nivel de participación que se tuvo en el diseño de las políticas públicas? 3. ¿La secretaría de bienestar municipal toma en cuenta la participación ciudadana para la elaboración de políticas públicas? En caso de ser afirmativa la respuesta, ¿cuáles son las políticas públicas en las que se tomó en cuenta la participación ciudadana por parte de la secretaría? 4. ¿La secretaría de desarrollo económico de Tijuana toma en cuenta la participación ciudadana para la elaboración de políticas públicas? En caso de ser afirmativa la respuesta, ¿cuáles son las políticas públicas en las que se tomó en cuenta la participación ciudadana por parte de la secretaría? 5. ¿La secretaría de movilidad toma en cuenta la participación ciudadana para la elaboración de políticas públicas? En caso de ser afirmativa la respuesta, ¿cuáles son las políticas públicas en las que se tomó en cuenta la participación ciudadana por parte de la secretaría? 6. ¿La secretaría de seguridad y protección ciudadana municipal toma en cuenta la participación ciudadana para la elaboración de políticas públicas? En caso de ser afirmativa la respuesta, ¿cuáles son las políticas públicas en las que se tomó en cuenta la participación ciudadana por parte de la secretaría? 7. ¿La secretaría de educación pública toma en cuenta la participación ciudadana para la elaboración de políticas públicas? En caso de ser afirmativa la respuesta, ¿cuáles son las políticas públicas en las que se tomó en cuenta la participación ciudadana por parte de la secretaría?Otros datosCada secretaría debería tener esa información. Respuesta del día29/07/2024Texto de respuestaPor este medio y en virtud de la solicitud de acceso a la información pública, identificada con el número de folio señalado al rubro, en términos de los artículos 55 y 56 fracciones II, IV y V, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, se otorga respuesta a la misma, mediante oficio emitido por la Unidad de Transparencia, el cual podrá visualizar en archivo adjunto. Así mismo, le informo que en caso de no estar conforme con la respuesta que aquí se le notifica, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 135, 136 y 137 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, dicha respuesta podrá ser impugnada ante este Órgano Garante dentro de los quince días hábiles siguientes a la presente notificación.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-022756624000157