Baja California - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California - (BC)
Solicitud del día 18/03/2024 a la dependencia Baja California - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California - (BC) del órgano Baja California
DescripciónQUIENES SE DEBEN PRESENTAR A CONCILIACION EN CASO DE DEMANDA?Respuesta del día26/03/2024Texto de respuestaSolicitante Al respecto y después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos que guarda el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California, con fundamento en los artículos 2, 55 y 118 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, 11 y 18 fracción IX del Reglamento Interno del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California, con base en información proporcionada por la Dirección de Conciliaciones Laborales, unidad encargada de generar la información solicitada; lo siguiente: En cuanto al punto "Quienes se deben presentar a conciliación en caso de demandas se permite informar que, conforme a lo establecido a la Ley Federal del Trabajo, en su Título Trece Bis, Capítulo primero, titulado Del Procedimiento de Conciliación Prejudicial, específicamente en los Artículos 684-A y 684-B establece que previo a la tramitación de demanda ante los tribunales laborales, se debe asistir a agotar la etapa de conciliación por parte de los trabajadores y patrones. Disposiciones normativas que, para transparencia, se transcriben a continuación: "Artículo 684-A.- Las disposiciones de este Título rigen la tramitación de la instancia conciliatoria previa a la de los conflictos ante los Tribunales, salvo que tengan una tramitación especial en esta Ley. Artículo 684-B.- Antes de acudir a los Tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir al Centro de Conciliación correspondiente para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación, con excepción de aquellos supuestos que están eximidos de agotarla, conforme a lo previsto en esta Ley”. Adicional, se permite informar que esta información es pública y gratuita, misma que se puede encontrar directamente en la siguiente liga: https://www.diputados gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf Sin otro particular por el momento, agradeciendo tenerme por contestada su solicitud, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, quedo atenta a cualquier comentario al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-022928624000011