Baja California - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California - (BC)
Solicitud del día 09/04/2024 a la dependencia Baja California - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California - (BC) del órgano Baja California
DescripciónUn cordial saludo. Me interesa saber qué pasa cuando las demandas laborales no se toman en cuenta antes de las fechas estimadas que se les propone a los supuestos empleados sobre abusos en contra de ellos por las empresas y cuáles han sido sus propuestas para dar un seguimiento eficaz para ambas partes.Respuesta del día09/04/2024Texto de respuestaC. Laila Naomi Cárdenas Quintero Apreciable solicitante, por este conducto, atendiendo su solicitud de acceso a la información pública con folio 022928624000013, con fundamento en los artículos 2, 55, 56 FRACCIONES II, Y IV y 118 en relación con el 129 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y el artículo 18 fracción IX del Reglamento Interno del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California se informa que, este Sujeto Obligado NO ES COMPETENTE para proporcionar la información requerida; ya que el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California, tiene como objetivo el ofrecer y prestar el servicio público prejudicial conciliatorio para la solución de conflictos laborales entre trabajadores y empleadores, en apego a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Ley del Centro de Conciliación Laboral y 590-E, 590-F de la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, se informa que la autoridad competente para atender su solicitud es el Tribual Laboral del Poder Judicial del Estado de Baja California. Se le comparte la liga: Poder Judicial de Baja California (pjbc.gob.mx) Sin otro particular por el momento, agradeciendo tenerme por contestada su solicitud, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, quedo atenta a cualquier comentario al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioBC-IP-022928624000013