Baja California Sur - Secretaria de Educación Pública - (BCS)

Solicitud del día 28/06/2024 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria de Educación Pública - (BCS) del órgano Baja California Sur

DescripciónSolicito información si se cuenta con registro de la siguiente persona Mariel Alejandra Ortiz Estrada haya estudiando alguna licenciatura en educación en escuela pública o privada y si es docente en servicio.Respuesta del día01/07/2024Texto de respuestaC. JUZGADO. P R E S E N T E. En atención a la solicitud de información con número de Folio 030075724000101 signado por la Plataforma Nacional de Transparencia Baja California Sur, con base al Art. 132 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California Sur que a la letra dice: “Cuando la solicitud presentada no fuese clara en cuanto a la información requerida o no cumpla con todos los requisitos señalados en la presente Ley, el sujeto obligado mandará requerir, por una sola vez dentro de los tres primeros días, contados a partir de la presentación de la solicitud, por escrito o vía electrónica, al solicitante para que en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente en que se efectúo la notificación, aclare o complemente su solicitud de información. En caso de que el solicitante no cumpla con dicha solicitud se entenderá como no presentada”. art 119 “Se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable. La información confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición a que se refiere la Ley respectiva, los titulares de la misma, sus representantes o en su defecto, el cónyuge supérstite y/o los parientes en línea recta ascendente y descendente sin limitación de grado, y en línea transversal hasta el segundo grado, previa comprobación. Por lo anterior, se le invita a que aclare o complemente su solicitud y se acredite la personalidad, para armonizar el derecho que tiene todo ciudadano con fundamento a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Baja California Sur. Son objetivos de la presente Ley: II.- Garantizar el derecho que tiene toda persona en el Estado de Baja California Sur a la protección de sus datos personales y al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante procedimientos sencillos y expeditos. V.- Garantizar que toda persona pueda ejercer el derecho a la protección de datos personales. Artículo 6. El Estado garantizará la privacidad de los individuos y deberá velar porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarla arbitrariamente. Artículo 7. Por regla general no podrán tratarse datos personales sensibles, salvo que cuente con el consentimiento del titular para el tratamiento de sus datos personales en los siguientes casos: II.- Cuando exista una orden judicial, resolución o mandato fundado y motivado de autoridad competente. Sin otro particular por el momento y con el objetivo de consolidar la cultura de la transparencia con base a las atribuciones que la Ley confiere en concordancia con las políticas administrativas actuales, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. A T E N T A M E N T E LIC. ENRIQUE OCTAVIO BELTRÁN OLACHEA JEFE DE LA UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICAArchivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030075724000101

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaRequerir datos de solicitud por ser ambigua o incompletaTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta23/08/2024Fecha solicitud término01/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja California SurSector de la dependenciaPoder Ejecutivo