Baja California Sur - Secretaria Planeación Urbana, Infraestructura, Movilidad, Medio Ambiente y Recursos Naturales
Solicitud del día 19/05/2023 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria Planeación Urbana, Infraestructura, Movilidad, Medio Ambiente y Recursos Naturales del órgano Baja California Sur
DescripciónCon fundamento en el artículo 6°, inciso A, y 8°de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 13, apartado “B” de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur, artículos 24, fracción XVI, 123, 124, 125, 126, 127, 128, fracción III, 131, 133, 134 y 138 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Baja California Sur, así como los artículos 122, 123, 124,125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132 …En caso de que el solicitante requiera la información en un formato electrónico específico o consista en bases de datos, los sujetos obligados deberán entregarla en el mismo o en el que originalmente se encuentre, privilegiando su entrega en formatos abiertos… 133, 134, 135, 137, 137, 138, 139, 141 y 144 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como de conformidad con el Criterio 3/13, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), se solicita lo siguiente: 1. A qué edad en esta entidad federativa (estado) las niñas y niños deben pagar por el servicio de transporte público. 2. A partir de qué edad las niñas y niños pueden viajar solos (sin compañía de un adulto) en los diversos servicios de transporte público de esta entidad federativa (estado). 3. En que instrumento legal a nivel estatal se establece la edad en que las niñas y niños están sujetos de un cobro/tarifa por el uso del transporte público. 4. Bajo que criterio técnico o legal se sustenta la edad en la que las niñas y niños están sujetos de un cobro/tarifa por el uso del transporte público. 5. A partir de qué edad las niñas y niños pueden viajar solos (sin compañía de un adulto) en bicicleta sobre las calles y avenidas de esta entidad federativa (estado). 6. En que instrumento legal a nivel estatal se establece la edad en que las niñas y niños pueden viajar solos (sin compañía de un adulto) en bicicleta sobre las calles y avenidas de esta entidad federativa (estado). Respuesta del día22/05/2023Texto de respuestaAdjunto encontrará oficio por el cual la Secretaría de Planeación Urbana, Infraestructura, Movilidad, Medio Ambiente y Recursos Naturales da respuesta a su solicitud en términos de lo previsto en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 135 y 138 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, vigente en la entidad.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076023000066