Baja California Sur - Secretaria Planeación Urbana, Infraestructura, Movilidad, Medio Ambiente y Recursos Naturales
Solicitud del día 03/10/2023 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria Planeación Urbana, Infraestructura, Movilidad, Medio Ambiente y Recursos Naturales del órgano Baja California Sur
DescripciónSolicito información sobre los predios en la Ciudad de Cabo San Lucas (cantidad, ubicación y dimensiones) que han sido donados al gobierno municipal en los últimos 10 años (de 2013 a 2023) por parte de constructoras, inmobiliarias o el sector empresarial, como parte del reglamento que establece que en la construcción de fraccionamientos o desarrollos inmobiliarios o industriales, las desarrolladoras deben entregar por ley al Municipio el 12 por ciento del terreno para equipamiento urbano, destinado para erigir escuelas, iglesias, hospitales o centros comunitarios.Respuesta del día05/10/2023Texto de respuestaEn referencia a su solicitud de información identificada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 030076023000110, por la cual solicita la siguiente información: “Solicito información sobre los predios en la Ciudad de Cabo San Lucas (cantidad, ubicación y dimensiones) que han sido donados al gobierno municipal en los últimos 10 años (de 2013 a 2023) por parte de constructoras, inmobiliarias o el sector empresarial, como parte del reglamento que establece que en la construcción de fraccionamientos o desarrollos inmobiliarios o industriales, las desarrolladoras deben entregar por ley al Municipio el 12 por ciento del terreno para equipamiento urbano, destinado para erigir escuelas, iglesias, hospitales o centros comunitarios.” Actuando bajo los principios que rigen el procedimiento de acceso a la información pública, se le informa y aclara que, dentro de las facultades y atribuciones con las que cuenta esta Secretaría, referidas en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, no se cuenta con facultad y/o atribución para ejecutar, conocer o realizar lo solicitado, por lo que, esta Secretaría es incompetente para conocer sobre la información requerida, siendo que corresponde a un Sujeto Obligado distinto conocer y/o ejecutar las acciones o atribuciones referidas en su requerimiento, sugiriendo girar su requerimiento al Ayuntamiento de Los Cabos para que este, en uso de sus atribuciones, emita la respuesta correspondiente, o bien, a la Secretaría de Finanzas y Administración quien de conformidad a lo dispuesto en la fracción XXXV del artículo 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, corresponde el organizar, controlar y conducir en el Estado lo concerniente al Registro Civil, al Registro Público de la Propiedad y del Comercio; así como el Catastro del Estado, sin menoscabo de las atribuciones que los Ayuntamientos tienen en la materia. Todo lo anterior en términos de lo previsto en el artículo 132 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 135, 138 y de más relativos y aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, vigente en la entidad.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076023000110