Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS)

Solicitud del día 07/05/2023 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS) del órgano Baja California Sur

DescripciónPor la presente solicitud de transparencia expreso mi interés para conocer la siguiente información referente al Consejo Estatal Ciudadano; cuya conformación está regulada en la Ley General en Materia de Desaparición. De acuerdo con los artículos 60, 61, 62 de la Ley General se fundan las siguientes preguntas: 1) ¿Hay Consejo Estatal Ciudadano en el Estado? 2) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿cuál fue el proceso para su conformación? En caso de que sí, ¿dónde y en qué fecha se publicó dicho proceso? ¿Se realizó una consulta previa con las organizaciones de Familiares, de las organizaciones defensoras de los derechos humanos, de los grupos organizados de Víctimas y de las personas expertas en la materia, garantizando en todo momento el principio de paridad de género? En caso de que sí, ¿dónde y en qué fecha se publicó dicho proceso? 3) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿por cuántas personas está integrado? 4) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿cuántos familiares integran el Consejo? 5) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿cuántos especialistas integran el Consejo? 6) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿cuántos representantes de la sociedad civil integran el Consejo? 7) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿hay un marco jurídico local que regule las funciones del Consejo Estatal Ciudadano? En caso de que sí, ¿cuál o cuáles son las disposiciones y su respectiva fecha de publicación en el periódico oficial del Estado? 8) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿cuál es el porcentaje de los recursos financieros que el Estado le otorga para su funcionamiento o no tienen financiamiento? ¿Cuál es el número exacto en pesos de esos recursos financieros? ¿Cuentan con algún tipo de infraestructura para el desarrollo de sus funciones? 9) De no contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿hay algún avance de cualquier índole para su conformación y funcionamiento? Otros datosPor la presente solicitud de transparencia expreso mi interés para conocer la siguiente información referente al Consejo Estatal Ciudadano; cuya conformación está regulada en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (de ahora en adelante, Ley General) y que, además, la conformación se hace de carácter obligatorio para las Entidades Federativas porque así lo indica la Ley General en los artículos que a continuación indicaré. Sobre esto, debe resaltarse que el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dota a la Ley General de capacidad para la distribución de competencias entre la Federación y las Entidades Federativas, por lo que las obligaciones son de carácter constitucional. Entendiendo, además, que si bien puede haber una legislación local, la fundamentación de esta solicitud con la Ley General no perjudica la obligación de la autoridad para responder en el ámbito de su competencia esta solicitud de transparencia; pues como ya se ha mencionado es de carácter obligatorio para las autoridades señaladas la realización de las obligaciones conferidas en la Ley General. Por ello, aunque pueda existir una legislación local, se utiliza esta solicitud de transparencia para que con el conocimiento de las obligaciones descritas en la Ley General se pueda obtener información sin la necesidad de esa consulta local y, de hecho, esta solicitud también se plantea para conocer si hay o no una normativa local que regule dichas obligaciones. Es necesario precisar estos argumentos para que los sujetos obligados no se excluyan por alguna razón de ese carácter. Respuesta del día24/05/2023Texto de respuestaEstimado ciudadano (a): Con fundamento en el Artículo 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, se le da respuesta a su solicitud de información, en virtud de que se encuentra dentro de las atribuciones de este sujeto obligado, mismas que están establecidas en el Artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur. Se adjunta un archivo signado por la Titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de Baja California Sur, con número de oficio CEBPBCS/5108/2023, donde se le da respuesta a su solicitud de información. Sin más que agregar, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente: Lic. Luis Alfredo Cota Márquez. Jefe de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Secretaría General de Gobierno.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076623000120

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotificación de respuesta de información disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta29/05/2023Fecha solicitud término24/05/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja California SurSector de la dependenciaPoder Ejecutivo