Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS)
Solicitud del día 16/06/2023 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS) del órgano Baja California Sur
DescripciónEn los términos del artículo 207 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en el párrafo segundo se señala: “… A través de los servicios postpenales, se buscará fomentar, la creación y promoción de espacios de orientación, apoyo y desarrollo personal, laboral, cultural, educativo, social y de capacitación, en general, de todas las áreas relacionadas con los ejes establecidos por el artículo 18 Constitucional a fin de facilitar la reinserción social además de promover en la sociedad la cultura de aceptación del liberado o externado. Mencionar ¿Cuáles y cuántas plazas/espacios se han creado o existen, para el desarrollo laboral a fin de facilitar la reinserción social además de promover en la sociedad la cultura de aceptación del liberado o externado? En caso de no contar con ningún espacio/plaza laboral especificar el por qué y la forma en cómo se ésta atendiendo lo citado en dicho párrafo. En el párrafo cuarto que a la letra establece: “…Para el cumplimiento de su objetivo, a nivel local y federal, la Autoridad Penitenciaria y demás autoridades corresponsables firmarán Convenios de colaboración con instituciones del sector público y privado que prestan funciones relacionadas con los servicios postpenales, con el objeto de canalizar a los liberados, externados y a su familia. De igual forma, existirá coordinación entre la Federación y los Estados o entre los Estados para el mejor cumplimiento de estos objetivos…” Diga cuántos convenios con el objeto de contratación laboral a la fecha se han celebrado, desde la entrada en vigor de esta Ley con el sector público, o instituciones públicas estatales, y proporcionar dichos documentos, en caso de no contar con ningún convenio especificar el por qué y la forma en cómo se está atendiendo lo citado en dicho párrafo.Respuesta del día19/06/2023Texto de respuestaC. Rocio Murrieta: Con fundamento en el Artículo 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, se le da respuesta a su solicitud de información, en virtud de que se encuentra dentro de las atribuciones de este sujeto obligado, mismas que están establecidas en el Artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur. Después de llevar a cabo el análisis correspondiente de la información requerida en su solicitud, me permito informarle que dentro de la Secretaría de Seguridad Pública se encuentra la Dirección General de Sistema Penitenciario, quien puede ser competente para conocer acerca del tema que nos ocupa. Por lo tanto y en aras de la Transparencia, con la cual éste Sujeto Obligado está comprometido, se le sugiere pueda redirigir su solicitud de información a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, quien puede ser el sujeto obligado competente para atender dicha solicitud. De igual manera se proporciona número telefónico y extensión donde de manera directa le podemos atender, ante cualquier duda o aclaración al respecto de su solicitud de información. Teléfono Oficina: 6121239400, Ext. 04016 Sin más que agregar, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente: Lic. Luis Alfredo Cota Márquez. Jefe de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección De Datos Personales de la Secretaría General De Gobierno.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076623000145