Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS)

Solicitud del día 23/10/2023 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS) del órgano Baja California Sur

Descripción1. ¿Cuantas averiguaciones previas o carpetas de investigación por el delito de feminicidio se han iniciado del año 2013 a la fecha? debiendo especificar cuantos casos por año. 2. ¿Cuantas sentencias por el delito de feminicidio se han obtenido del 2013 a la fecha? debiendo especificar cuantos casos por año. 3. ¿De las sentencias emitidas, del 2013 a la fecha, en cuantas se ha sentenciado por el pago de la reparación del daño a las víctimas indirectas de feminicidio y a cuanto ha ascendido dicho pago? debiendo especificar cuantas sentencias por año. Se aclara que no se solicitan datos personales, ni reservados, no se requiere nombre de víctimas, ni número de carpeta, expediente o averiguación previa, solo señalar número de casos y cuanto se pagó en cada uno de ellos. 4. ¿Ha habido apelaciones en las sentencias del 2013 a la fecha, por inconformidad con el monto de la reparación del daño a victimas indirectas del delito de feminicidio? debiendo especificar cuantas apelaciones por año. ¿Se ha modificado la sentencia para aumentar el pago de reparación del daño a las víctimas? ¿Cuánto era el monto original y a cuanto ascendió después de la apelación? 5. Cuál es el procedimiento para que las victimas indirectas obtengan la reparación del daño por el delito de feminicidio y su fundamentación. 6. ¿Se cuenta en el estado con una Comisión Ejecutiva de Víctimas? ¿Cuál es su intervención para que las víctimas indirectas obtengan la reparación del daño por el delito de feminicidio? 7. ¿Se tienen procedimientos civiles, del 2013 a la fecha, en los que víctimas indirectas de feminicidio hayan demandado la responsabilidad civil por daño moral y ha cuanto se ha condenado en cada uno de ellos? Favor de especificarlos por caso, por año. Se aclara que no se solicitan datos personales ni reservados, no se requiere nombre de víctimas, ni número de carpeta, expediente o averiguación previa, solo señalar número de casos y cuanto se pagó en cada uno de ellos. 8. ¿Se tiene establecido algún criterio para fijar cuanto le corresponde por reparación del daño a las víctimas indirectas del delito de feminicidio? ¿Está establecido en alguna ley, reglamento, lineamiento o directriz? ¿Cuál es dicho ordenamiento legal? 9. ¿Se ha demandado a la institución, del 2013 a la fecha, por la responsabilidad patrimonial del Estado por victimas indirectas de feminicidio, en las que soliciten reparación del daño moral? debiendo especificar cuantos casos por año, si procedió el pago y a cuanto ascendió éste. Se aclara que no se solicitan datos personales ni reservados, no se requiere nombre de víctimas, ni número de carpeta, expediente o averiguación previa, solo señalar número de casos y cuanto se pagó en cada uno de ellos Respuesta del día01/11/2023Texto de respuestaEstimado ciudadano (a): Con fundamento en el Artículo 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, se le da respuesta a su solicitud de información, en virtud de que se encuentra dentro de las atribuciones de este sujeto obligado, mismas que están establecidas en el Artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur. Después de llevar a cabo el análisis correspondiente de la información requerida en su solicitud, me permito informarle que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur, así como el H. Tribunal Superior de Justicia del Estado son quienes pueden conocer acerca del tema que nos ocupa. Por lo tanto y en aras de la Transparencia, con la cual éste Sujeto Obligado está comprometido, se le sugiere pueda redirigir su solicitud de información a la PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE BCS, así como a la TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, quienes pueden ser los sujetos obligados competentes para atender dicha solicitud. De igual manera se proporciona número telefónico y extensión donde de manera directa le podemos atender, ante cualquier duda o aclaración al respecto de su solicitud de información. Teléfono Oficina: 6121239400, Ext. 04016 Sin más que agregar, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente: Lic. Luis Alfredo Cota Márquez. Jefe de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección De Datos Personales de la Secretaría General De Gobierno.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076623000228

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotificación de respuesta de información disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta17/11/2023Fecha solicitud término01/11/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja California SurSector de la dependenciaPoder Ejecutivo