Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS)
Solicitud del día 19/01/2024 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS) del órgano Baja California Sur
DescripciónPor medio de la presente solicito que se me compartan… 1. Un listado con las actividades, funciones y responsabilidades desempeñadas en la Secretaría en relación con los asuntos religiosos durante la presente administración. Esta información puede ser compartida en un documento de Word, Excel o en formato PDF. El nombre del archivo debe ser “Listado de actividades, funciones y responsabilidades”. 2. Un listado de las leyes y reglamentos (de nivel federal y estatal), reglamentos internos y reglas de operación que especifiquen, justifiquen o den razón de ser a las actividades, funciones y responsabilidades de la Secretaría en relación con los asuntos religiosos. Esta información puede ser compartida en un documento de Word, Excel o en formato PDF. Para cada ley, reglamento o regla de operación mencionada se deben mencionar los artículos específicos que indican, justifican o dan razón de ser a las actividades de la oficina en cuestión. “Listado de leyes, reglamentos y reglas de operación”. 3. Todas las leyes y reglamentos (de nivel federal y estatal), reglamentos internos y reglas de operación que especifiquen, justifiquen o den razón de ser a las actividades, funciones y responsabilidades de la Secretaría en relación con los asuntos religiosos. Los documentos en cuestión deben ser compartidos de forma íntegra. Los archivos pueden ser compartidos en formato PDF. El nombre de cada archivo debe corresponder al de la ley, reglamento o reglas de operación en cuestión. La totalidad de los archivos debe ser enviada en un archivo comprimido.Respuesta del día19/02/2024Texto de respuestaEstimado Solicitante de Información: Con fundamento en el Artículo 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, se le da respuesta a su solicitud de información, en virtud de que se encuentra dentro de las atribuciones de este sujeto obligado, mismas que están establecidas en el Artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur. Por medio de la presente le hago saber que Según la Ley de Asociaciones Religiosas y Cultos Públicos en su título cuarto relativo a las autoridades señala en su artículo 25, que Corresponde al Poder Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación la aplicación de esta ley. Las autoridades estatales y municipales, así como las del Distrito Federal, serán auxiliares de la Federación en los términos previstos en este ordenamiento. Las autoridades federales, estatales y municipales no intervendrán en los asuntos internos de las asociaciones religiosas. Las autoridades antes mencionadas no podrán asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de culto público, ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares. En los casos de prácticas diplomáticas, se limitarán al cumplimiento de la misión que tengan encomendada, en los términos de las disposiciones aplicables. El estado de Baja California Sur organizará y mantendrá actualizados los registros de asociaciones religiosas, por conducto de la Secretaría General de Gobierno tal y como lo señala el Reglamento Interior vigente publicado en el Boletín Oficial de Gobierno del estado de fecha 07 de febrero del año 2023. Al igual forma el artículo 27 de la citada ley señala que … Las autoridades estatales y municipales recibirán los avisos respecto a la celebración de actos religiosos de culto público con carácter extraordinario, en los términos de esta ley y su reglamento. También deberán informar a la Secretaría de Gobernación sobre el ejercicio de sus facultades de acuerdo a lo previsto por esta ley, su reglamento y, en su caso, al convenio respectivo. De igual forma la Secretaría de Gobernación está facultada para resolver los conflictos que se susciten entre asociaciones religiosas, de acuerdo al siguiente procedimiento o bien coordinarse con las entidades federativas para ello, sin embargo, hasta el momento no tenemos conocimiento de conflicto alguno. Es menester informarle que esta Secretaría está comprometida con la transparencia y es por tal motivo que se le otorga un número telefónico y una extensión para que en caso de que haya algún cuestionamiento al respecto pueda comunicarse con nosotros de manera directa al teléfono de oficina 612-12-3-9400, ext. 04016. Sin más que agregar por el momento, quedo de usted para cualquier cuestionamiento y así mismo aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente: Lic. Luis Alfredo Cota Márquez. Jefe de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Secretaría General de Gobierno.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076624000033