Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS)

Solicitud del día 02/09/2024 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria General de Gobierno - (BCS) del órgano Baja California Sur

DescripciónPor medio de la presente, solicito se me informe lo que a continuación se expone: Como se sabe la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, es quien establece la relación jurídica laboral entre los titulares de los Poderes del Estado, Municipios y los trabajadores a su servicio. Ahora bien, al respecto solicito lo siguiente: 1. ¿Cuántas categorías de empleados existen según la Ley de la Materia, además mencionar cuáles categorías son y el fundamento legal en las que se encuentran establecidas?; asimismo, ¿mencione si hay otras categorías que no contemple la Ley, y en caso de qué las hubiera por qué existen las mismas? 2. ¿En que artículo de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, dice que los trabajadores tendrán derecho a aguinaldo? 3. ¿Qué otras prestaciones socioeconómicas, además del salario y aguinaldo contempla la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, a favor de los empleados sean sindicalizados (de base) o de confianza?, por favor enunciar cada una de esas prestaciones. 4. En relación con la pregunta anterior, y la respuesta que de la misma vierta de esas prestaciones que hace mención, ¿A qué categorías de empleados se pagan?; si hubiera una categoría que no percibiera ese derecho, de manera fundada y motivada explicar el por qué no se cubre con dicho pago o en qué casos no se pagan los mismos. Respuesta del día11/09/2024Texto de respuestaEstimado Alfonso Alvarado del Rio: A través de este conducto en atención y seguimiento a la solicitud de información pública presentada ante esta Secretaría General de Gobierno, mediante Plataforma Nacional de Transparencia, identificada con número de Folio: 030076624000298, de fecha 02 de septiembre de 2024, me permito informarle lo siguiente: Una vez llevado a cabo el análisis correspondiente referente a la información requerida en la solicitud que precede; no contamos con información relacionada al tema en comento; sin embargo y en aras de la transparencia con la cual este sujeto obligado está comprometido le sugerimos redirigir su solicitud de información al Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del estado y Municipios de Baja California Sur, quien pudiera ser el sujeto obligado competente para atender dicha solicitud. Por lo antes expuesto, y con fundamento en el artículo 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, sirva la actual para considerarse por presentada en tiempo y forma la respuesta a lo solicitado. Sin otro asunto en particular, reitero a usted mi atenta y respetuosa consideración. Atentamente: María Andrea Ventura Aragón Jefa de La Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Secretaría General.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076624000298

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotificación de respuesta de información disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta24/09/2024Fecha solicitud término11/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja California SurSector de la dependenciaPoder Ejecutivo