Baja California Sur - Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF) - (BCS)
Solicitud del día 11/09/2024 a la dependencia Baja California Sur - Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF) - (BCS) del órgano Baja California Sur
DescripciónDesde la reforma legislativa de 2020, los niños, niñas y adolescentes migrantes acompañados y no acompañados deben ser canalizados desde el Instituto Nacional de Migración (INM) al DIF y al mismo tiempo que se inicie un proceso de regularización mientras que la Procuraduría determina qué hacer con estos NNA. La Unidad de Política Migratoria indicó que cada año hay un porcentaje de NNA, acompañados y no acompañados, que abandonan el procedimiento migratorio. Esos NNA deberían estar alojados en dependencias del DIF o albergues, por lo que solicito saber, a título estadístico, cuántos NNA abandonaron el procedimiento administrativo en la dependencia y qué es lo que las autoridades saben de cada uno de ellos. Solicito un desglose por año y si estaba acompañado o no acompañado. También solicito conocer, uno por uno, si las autoridades saben si se escaparon del centro o del albergue, si fueron reclamados por familiares o si ocurrió algún otro evento que hizo que abandonaran el procedimiento migratorio. Por último, solicito también conocer si las autoridades estatales se ven obligadas a emitir un informe sobre el abandono del proceso administrativo. En caso afirmativo, solicito copia en versión pública de los informes que se elaboraron sobre niños, niñas y adolescentes no acompañados. Respuesta del día27/09/2024Texto de respuestaLa Paz, Baja California Sur, a 27 de septiembre de 2024. C. Alberto Pradilla P r e s e n t e. En atención a su solicitud de información registrada bajo el número 030076724000055 presentada en fecha oficial de recepción 12 de septiembre de 2024, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia dirigida al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Baja California Sur, por este medio se informa que, con fundamento en el artículo 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, este sujeto obligado, otorga respuesta a esta solicitud de información, mediante oficio PPNNA/2365/2024, suscrito por el titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y que para mejor proveer se proporciona copia del mismo. Sin otro asunto de momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076724000055