Baja California Sur - Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes Del Estado y Municipios - (BCS)

Solicitud del día 22/09/2023 a la dependencia Baja California Sur - Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes Del Estado y Municipios - (BCS) del órgano Baja California Sur

Descripción1. ¿Como se llama la autoridad laboral que resuelve las controversias entre las autoridades públicas y sus trabajadores en el Estado? 2. ¿Cuál es el decreto de creación o disposición legal que le da origen a la AUTORIDAD LABORAL BUROCRATICA? 3. ¿Es una autoridad laboral autónoma o depende de algún Poder del Estado? 4. ¿Cuáles son las leyes que la autoridad laboral burocrática aplica en sus procedimientos? 5. ¿Como se encuentra estructurado orgánicamente esta autoridad laboral que resuelve juicios burocráticos? 6. ¿Cuántos son los operarios (número de trabajadores) que prestan sus servicios para esta autoridad laboral burocrática? 7. ¿Qué preparación académica obligatoria debe de tener los operarios del sistema laboral burocrático? 8. ¿Cuentan con programas mensuales de capacitación y adiestramiento de estos operarios de derecho laboral burocrático? 9. ¿Cuál es el número aproximado de juicios laborales burocráticos registrados en los años 2020, 2021, 2022 y 2023 en el Estado? 10. ¿Aproximadamente con cuantos servidores públicos cuenta todo el Estado? Contabilizando a los trabajadores de base, confianza, eventuales, centralizados, y otros que presten sus servicios personales subordinados en los poderes y/o municipios y/o descentralizadas y/o autonomas y que pueden ser usuarios del servicio del tribunal laboral burocrático. 11. El nuevo sistema de justicia laboral anunciado por el artículo 123 Constitucional y su ley reglamentaria Ley Federal del Trabajo, en relación a los nuevos Tribunales laborales especializados dependientes del Poder Judicial. ¿También se aplica en los juicios laborales burocráticos del Estado? 12. ¿Existe laguna razón legal de la distinción al derecho de la tutela jurídica efectiva entre los trabajadores de la iniciativa privada (art.123 Apartado A de nuestra Carta Magna) y los trabajadores al servicio del Estado? 13. ¿Considera que el procedimiento aplicado a las contiendas laborales burocráticas es igual de efectivo, al nuevo sistema de justicia laboral? 14. ¿Considera que los juicios en el derecho burocrático del Estado requieren de alguna actualización legislativa y cuál sería el sentido? 15. ¿Cuál sería el sujeto obligado para dar respuesta a estas preguntas, si no es Usted? Otros datosEs referente a las contiendas laborales burocráticas del Estado. Identificar a la autoridad resolutora, su creación legislativa, visualizar necesidades de profesionalización, mejoras y actualización a la tutela jurídica efectiva destinados a los trabajadores al servicio del Estado y/o municipio y/o descentralizados y/o autónomas.Respuesta del día10/10/2023Texto de respuestaOFICIO NÙM. - 3273/2023 ASUNTO. - Respuesta de solicitud. La Paz, Baja California Sur, 28 de septiembre del año 2023. C. ALMA VÁSQUEZ. P R E S E N T E. – En atención a la solicitud con número de folio 030076923000010, recibida en este Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia de Baja California Sur en fecha 22 de septiembre del año 2023, este Tribunal, por medio del presente y de la manera informa al respecto de la siguiente manera: 1. ¿Como se llama la autoridad laboral que resuelve las controversias entre las autoridades públicas y sus trabajadores en el Estado? R. – Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio de los Poderes Del Estado y Municipios. 2. ¿Cuál es el decreto de creación o disposición legal que le da origen a la AUTORIDAD LABORAL BUROCRATICA? R. – La Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur. 3. ¿Es una autoridad laboral autónoma o depende de algún Poder del Estado? R. – Depende de la Secretaria General del Poder Ejecutivo. 4. ¿Cuáles son las leyes que la autoridad laboral burocrática aplica en sus procedimientos? R. –La Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y La Ley Federal de Trabajo. 5. ¿Como se encuentra estructurado orgánicamente esta autoridad laboral que resuelve juicios burocráticos? R. – • Primer Nivel: Pleno: Arbitro Presidente, Arbitro representante de Gobierno y Arbitro representante de trabajadores. • Segundo Nivel: Secretaria General de Acuerdos. • Tercer Nivel: Enlace Administrativo. • Cuarto Nivel: Actuaria, Amparo Directo, Amparo Indirecto, Secretaria Auxiliar de Audiencias, Secretaria auxiliar de audiencias, Archivo, Proyectista de laudos, Servicios, informática, Oficialía de partes. 6. ¿Cuántos son los operarios (número de trabajadores) que prestan sus servicios para esta autoridad laboral burocrática? R. – 22 trabajadores. 7. ¿Qué preparación académica obligatoria debe de tener los operarios del sistema laboral burocrático? R. – Licenciatura. 8. ¿Cuentan con programas mensuales de capacitación y adiestramiento de estos operarios de derecho laboral burocrático? R. – No se cuentan con programas de capacitación. 9. ¿Cuál es el número aproximado de juicios laborales burocráticos registrados en los años 2020, 2021, 2022 y 2023 en el Estado? R. – A aproximadamente se registraron los siguientes juicios laborales: • 2020: 195 • 2021: 333 • 2022: 459 • 2023: 392 hasta el día de hoy. 10. ¿Aproximadamente con cuantos servidores públicos cuenta todo el Estado? Contabilizando a los trabajadores de base, confianza, eventuales, centralizados, y otros que presten sus servicios personales subordinados en los poderes y/o municipios y/o descentralizadas y/o autónomas y que pueden ser usuarios del servicio del tribunal laboral burocrático. R. – No se cuenta con la información solicitada, ya que dicho tema compete a otra dependencia. 11. El nuevo sistema de justicia laboral anunciado por el artículo 123 Constitucional y su ley reglamentaria Ley Federal del Trabajo, en relación a los nuevos Tribunales laborales especializados dependientes del Poder Judicial. ¿También se aplica en los juicios laborales burocráticos del Estado? R. – No se aplica, en razón de no haberse reformado la Ley Burocrática local. 12. ¿Existe laguna razón legal de la distinción al derecho de la tutela jurídica efectiva entre los trabajadores de la iniciativa privada (art.123 Apartado A de nuestra Carta Magna) y los trabajadores al servicio del Estado? R. – Es la razón que se describe en el apartado A y B del Articulo 123 de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 13. ¿Considera que el procedimiento aplicado a las contiendas laborales burocráticas es igualArchivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030076923000010

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotificación de respuesta de información disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaCopia SimpleFecha limite de respuesta16/10/2023Fecha solicitud término10/10/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja California SurSector de la dependenciaPoder Ejecutivo