Baja California Sur - Auditoria Superior del Estado de Baja California Sur - (BCS)
Solicitud del día 03/06/2024 a la dependencia Baja California Sur - Auditoria Superior del Estado de Baja California Sur - (BCS) del órgano Baja California Sur
DescripciónBuen día. Solicito amablemente su colaboración a efecto de proporcionar la siguiente información: 1. Total de Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa que fueron emitidos por las autoridades investigadoras adscritas a la Entidad de Fiscalización Superior de esa Entidad Federativa en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o en su caso, de la Ley local homóloga, desde su entrada en vigor hasta el 1 de junio de 2024. 2. De los Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa a los que hace referencia el numeral 1 anterior, señalar la infracción que se imputa al presunto responsable en términos del artículo 194, fracción VI, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o en su caso, el catálogo correspondiente de la Ley local homóloga. 3. ¿Cuántos Procedimientos de Responsabilidad Administrativa se han admitido por la autoridad substanciadora adscrita a la Entidad de Fiscalización Superior de esa Entidad Federativa, en términos del artículo 112 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o en su caso, el artículo correspondiente de la Ley local homóloga, desde su entrada en vigor hasta el 1 de junio de 2024? 4. ¿Cuántos expedientes de procedimientos de responsabilidad administrativa que fueron substanciados por la Entidad de Fiscalización Superior de esa Entidad Federativa han sido enviados a la autoridad resolutora competente (por el Tribunal, entendido este como el concepto definido en la fracción XXVII del artículo 3 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o el correspondiente de la Ley local homóloga), en términos de la fracción I del artículo 209 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o el correspondiente de la Ley local homóloga, desde la entrada en vigor de dicha ley hasta el 1 de junio de 2024? 5. De los expedientes a los que hace referencia el numeral 4 anterior, respecto de los que se tiene conocimiento por ese Sujeto Obligado, informar en cuántos de ellos se ha dictado sentencia definitiva, de acuerdo con lo establecido por el artículo 207 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o en su caso, el artículo correspondiente de la Ley local homóloga. 6. De los expedientes a los que hace referencia el numeral 5 anterior, señalar en cuántos de ellos se determinó existencia y en cuántos se determinó inexistencia, de faltas administrativas graves, por parte del Tribunal, de acuerdo con lo establecido por el artículo 207, fracción IX, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o en su caso, el artículo correspondiente de la Ley local homóloga. 7. En relación con la pregunta 6 anterior, respecto de las sentencias en que se haya acreditado la existencia de faltas administrativas graves, informar las sanciones impuestas, indicando la cantidad por tipo de sanción, de las previstas en el artículo 78 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o en su caso, el artículo correspondiente de la Ley local homóloga, además de indicar aquellas en las que se haya abstenido de imponer sanción. Asimismo, para facilitar el manejo de la información, se proporciona como anexo a la presente solicitud un archivo que podría resultar útil para el vaciado de los datos solicitados, para el caso de que el Sujeto Obligado lo considere pertinente, respecto al cual únicamente se sugiere su uso, sin que con lo anterior se entienda que se solicita la elaboración de un documento ad hoc, al estar en posibilidad de dar respuesta en el formato y en la condición que así lo prefiera. Otros datosLa presente solicitud se realiza en términos del artículo 4 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que indica que el derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información. Haciendo de su conocimiento que la información se requiere únicamente para efectos estadísticos, por lo que, se solicito al Sujeto Obligado omitir entregar información susceptible de ser clasificada por ser confidencial o actualizar algún supuesto de reserva. Asimismo, para facilitar el manejo de la información, se proporciona como anexo a la presente solicitud un archivo que podría resultar útil para el vaciado de los datos solicitados, para el caso de que el Sujeto Obligado lo considere pertinente, respecto al cual únicamente se sugiere su uso, sin que con lo anterior se entienda que se solicita la elaboración de un documento ad hoc, al estar en posibilidad de dar respuesta en el formato y en la condición que así lo prefiera. Respuesta del día21/06/2024Texto de respuestaLa Paz, Baja California Sur, a 21 de Junio del 2024 Estudio Legal Administrativo PRESENTE. En atención de su solicitud de información requerida por usted a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (SISAI 2.0) mediante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información con folio: 030077232000029 a fecha de presentación 03/06/ 2024 vía PNT a esta Auditoría Superior del Estado de Baja California Sur, le Notificamos la siguientes siete RESPUESTAS mediante el documento en Excel que usted nos proporciono y también oficio de contestación oficial. Para mayor información con la dirección de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos de la Auditoría Superior del Estado de Baja California Sur al correo institucional jorge.gomez@asebcs.gob.mx y al teléfono 612 122 04 88 ó en el domicilio Yucatán esquina Normal Urbana. Colonia Los Olivos, La Paz, B.C.S C.P.23040 en horario de 8:00 am a 15:00 horas de Lunes a Viernes o en nuestro sitio oficial www.asebcs.gob.mx Atentamente:C. JORGE GOMEZ SANDOVAL jorge.gomez@asebcs.gob.mx ENCARGADO DE LA DIRECCION DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOS DE LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO DE B.C.SArchivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-030077224000029