Baja California Sur - Secretaría del Trabajo, Bienestar y Desarrollo Social - (BCS)
Solicitud del día 09/10/2023 a la dependencia Baja California Sur - Secretaría del Trabajo, Bienestar y Desarrollo Social - (BCS) del órgano Baja California Sur
DescripciónA todas las Secretarías de Trabajo, Secretarías de Trabajo y Previsión Social (de competencia Estatal), Secretarías de Economía, Trabajo y Desarrollo, Departamentos de Trabajo y/o Autoridades de Trabajo que en ejercicio de sus competencias y facultades o atribuciones tengan aquella de realizar Inspecciones hacia los centros de trabajo para vigilar y sancionar el correcto cumplimiento de la normativa laboral en los centros de trabajo que NO están previstos en el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, informen: 1. Fundamentos legales empleados para ordenar las Inspecciones. 2. En caso de que un centro de trabajo (de competencia local) incurra en una violación a la normativa laboral que amerite sanción ¿Se realiza un procedimiento administrativo sancionador? 3. ¿Cuando se emite una orden de Inspección se utiliza el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones o se emplea el Reglamento Local, es decir de esa entidad? Así mismo, especificar qué otros fundamentos utilizan para ello. 4. ¿Al realizar un procedimiento administrativo sancionador se utiliza el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones o se emplea el Reglamento Local, es decir de esa entidad? Así mismo, especificar qué otros fundamentos utilizan para ello. 5. Al momento de poner una sanción por incumplimiento a la normativa laboral ¿se utiliza el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones o se emplea el Reglamento Local, es decir de esa entidad? Así mismo, especificar qué otros fundamentos utilizan para ello. 6. Si para poner sanciones, en caso que las haya, se utiliza el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones o se emplea el Reglamento Local, es decir de esa entidad Así mismo, especificar qué otros fundamentos utilizan para ello. Por último, se pide envíen formatos o ejemplos de documentación utilizada desde la emisión de las órdenes de Inspección hasta el dictamen de una Sanción. Entendiéndose esta como ordenes de Inspección, citatorios, requerimientos de información, acuerdos, emplazamientos, o cualquier otra resolución que ponga fin al procedimiento de Inspección, sea absolutoria o condenatoria. Respuesta del día17/10/2023Texto de respuestaEn atención a su solicitud de información generada bajo el folio no. 031777723000064, registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia el día 09/10/2023 dirigida a esta Dependencia Estatal, así mismo con fundamento en la Constitución Política del Estado de Baja California Sur y en cumplimiento a las atribuciones conferidas en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, así como en los artículos 3, 22, 24, 75 y 76 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, así como al Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Desarrollo Social, se adjunta respuesta. Agradeciéndole por ejercer su derecho a la Información.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-031777723000064