Baja California Sur - Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado De Baja California Sur - (BCS)

Solicitud del día 17/10/2023 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado De Baja California Sur - (BCS) del órgano Baja California Sur

Descripción"De acuerdo con González y Nash (2011) “los actos de corrupción significan […] una forma de discriminación […] una forma de trato arbitrario; es decir, de discriminar o excluir a otras personas de dicha ventaja o beneficio, sin justificación objetiva”. Asimismo, Novoa (2016) afirma que la corrupción genera discriminación estructural (Metodología 5C, Mexiro A.C., 2021) En ese sentido, solicito al Comité Coordinador los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité Coordinador, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual, dentro del Comité Coordinador, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas, laudos y recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional o Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal o Nacional que tenga el Comité Coordinador por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. "Respuesta del día13/11/2023Texto de respuestaRealizada la petición con fundamento en los artículos 124, 125, 126, 130, 135 y 138 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, me permito dar respuesta en los siguientes términos: De conformidad con el Acuerdo mediante el cual el Consejo General del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California Sur modifica el Padrón de Sujetos Obligados en el Estado de Baja California Sur en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, que se encuentra vigente, el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Baja California Sur no es un sujeto obligado, por lo que no tiene obligación legal de cumplir con la normatividad en materia de transparencia. Atento a lo anterior, esta Secretaría Ejecutiva como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Estatal, es el ente encargado de proveer la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Baja California Sur, y dará respuesta a su solicitud, en los términos solicitados. Es preciso mencionar que la información que se proporciona es a partir del año 2019, toda vez que el Comité Coordinador y esta Secretaría Ejecutiva iniciaron funciones en ese año. Atendiendo a su pregunta marcada con el número 1, no se han adoptado instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, ni tampoco se han elaborado, generado o creado documentos que acrediten la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual al momento de emitir la presente respuesta, por lo que no es posible proporcionar la información solicitada en los términos requeridos. Por lo que hace a su pregunta marcada con el número 2, tampoco se han implementado por esta Secretaría Ejecutiva en apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Baja California Sur, instrumentos legales internacionales y nacionales, ni ha elaborado, generado o creado documentos que acrediten la existencia o creación de mecanismos institucionales para la prevención de la violencia de género, el acoso y hostigamiento sexual. Con respecto a la pregunta marcada con el número 3, se informa que no se tienen demandas, laudos ni recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el Consejo para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación Estatal o Nacional por motivos de violencia de género, acoso y hostigamiento sexual, a esta Secretaría Ejecutiva como ente de apoyo técnico del Comité Coordinador del del Sistema Estatal Anticorrupción de Baja California Sur. Al respecto, es necesario precisar que este sujeto obligado limita su ámbito de acción a las atribuciones y funciones establecidas en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Baja California Sur y su propia normatividad interna, así como a las conferidas a la Secretaria Técnica de esta Dependencia que, a mayor abundamiento, me permito transcribir: Artículos 24 al 29, contenidos en el Capítulo IV De la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, Sección I De su organización y funcionamiento; artículo 35 de la Sección III Del Secretario Técnico, del Título Segundo de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Baja California Sur... Artículos 18 y 19, del Capítulo III Del Secretario Técnico, del Título II del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Baja California Sur... Por tanto, este sujeto obligado al carecer de atribuciones para generar, almacenar o guardar por motivo de sus atribuciones la información requerida en los términos expuestos, se tiene por atendida la petición sin que sea necesario turnar el caso ...Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-032373823000134

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotificación de respuesta de información disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta13/11/2023Fecha solicitud término13/11/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja California SurSector de la dependenciaOrganismos Autónomos