Baja California Sur - Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado De Baja California Sur - (BCS)
Solicitud del día 17/10/2023 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado De Baja California Sur - (BCS) del órgano Baja California Sur
Descripción"A partir de la Metodología 5C de Mexiro A.C., destacamos que diseñar políticas públicas con lenguaje incluyente es importante pues, en palabras de Guichard, “en el lenguaje también se manifiestan las asimetrías, las desigualdades y las brechas entre los sexos. Esto es así porque el lenguaje forma un conjunto de construcciones abstractas en las cuales inciden juicios, valores y prejuicios que se aprenden y se enseñan, que conforman maneras de pensar y de percibir la realidad” (2015). Asimismo, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) destaca que “eliminar el sexismo en el lenguaje persigue dos objetivos: visibilizar a las mujeres para equilibrar las asimetrías de género y valorar la diversidad que compone nuestra sociedad” (2015). En ese sentido, solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción: 1. Programa anual de trabajo; 2. la aprobación, diseño y promoción de la política nacional en la materia, así como su evaluación periódica, ajuste y modificación; 3. indicadores; 4. mecanismos, bases y principios para la coordinación con las autoridades de fiscalización, control y de prevención y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan; 5. el informe anual y 6. otros documentos que cuente el Comité Coordinador con lenguaje incluyente en su totalidad. Solicito que esta información se proporcione de forma desagregada por año del periodo 2018 al 2022."Respuesta del día13/11/2023Texto de respuestaRealizada la petición con fundamento en los artículos 124, 125, 126, 130, 135 y 138 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, me permito dar respuesta en los siguientes términos: De conformidad con el Acuerdo mediante el cual el Consejo General del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California Sur modifica el Padrón de Sujetos Obligados en el Estado de Baja California Sur en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, que se encuentra vigente, el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Baja California Sur no es un sujeto obligado, por lo que no tiene obligación legal de cumplir con la normatividad en materia de transparencia. Atento a lo anterior, esta Secretaría Ejecutiva como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Estatal, es el ente encargado de proveer la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Baja California Sur, y dará respuesta a su solicitud, en los términos solicitados. Es preciso mencionar que la información que se proporciona es a partir del año 2019, toda vez que el Comité Coordinador y esta Secretaría Ejecutiva iniciaron funciones en ese año. Pregunta número 1, en las siguientes ligas electrónicas podrá tener acceso a los Programas Anuales de Trabajo del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Baja California Sur, correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022: Año 2020: https://drive.google.com/file/d/1WE2E0ExuXz_42Ua5fMWZc4YFDGxnSgHM/view Año 2021: https://drive.google.com/file/d/1uBcanVehd_oYDuKs1OwMAnnNvrKLfKUf/view Año 2022: https://drive.google.com/drive/folders/15OZ4bkWoHuBIq7TdhxTIbPg6vG5GVqai Pregunta número 2, Si bien esta Secretaría Ejecutiva no participó en la generación de los documentos correspondientes a la aprobación, diseño y promoción de la Política Nacional Anticorrupción, por ser de conocimiento público, se le proporcionan las siguientes ligas electrónicas para su consulta: Política Nacional Anticorrupción: https://drive.google.com/drive/folders/1b5pMWHW--gEv-ooyJjGcEl83FF3TiVmY?usp=drive_link Programa de Implementación de la Política Nacional Anticorrupción: https://drive.google.com/drive/folders/1hgZpF6PGjE91-qfSFK2ylRbdKvdNy4T2 No omito hacer de su conocimiento que de conformidad con la página de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción la Política Nacional Anticorrupción fue aprobada en la Primer Sesión Ordinaria del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción de fecha 29 de enero de 2020, lo cual es visible en la siguiente liga electrónica: https://www.sna.org.mx/2020/01/29/el-comite-coordinador-aprobo-por-unanimidad-la-politica-nacional-anticorrupcion/ Pregunta número 3, por lo que hace a los indicadores, estos se encuentran en el Programa de Implementación de la Política Nacional Anticorrupción, que se puede consultar en la siguiente liga electrónica: https://drive.google.com/drive/folders/1hgZpF6PGjE91-qfSFK2ylRbdKvdNy4T2 Se reitera que respecto a sus preguntas 2 y 3 este sujeto obligado no genera ni es responsable de la información de la Política Nacional Anticorrupción, pues conforme al marco normativo aplicable, esas atribuciones corresponden a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción y al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción. No obstante lo anterior, se atiende la petición en sus términos, al ser información disponible de manera pública por los entes que la generan. Pregunta número 4, con respecto a los mecanismos, bases y principios para la coordinación con las autoridades de fiscalización, control y de prevención y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción...Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-032373823000135