Baja California Sur - Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado De Baja California Sur - (BCS)

Solicitud del día 20/02/2024 a la dependencia Baja California Sur - Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado De Baja California Sur - (BCS) del órgano Baja California Sur

Descripción1.- Numero de denuncias interpuestas por el XIV ayuntamiento de los cabos en su carácter de victima u ofendido en el periodo 01 de septiembre de 2021 a 20 de febrero de 2024, por meses/año, es decir, cuantas en septiembre 2019, cuantas en octubre 2019, noviembre 2019, y así sucesivamente hasta llegar al presente. 2.- derivado de la respuesta anterior, clasificar la información por delito o delitos. 3.- derivado de la pregunta anterior, clasificar según responsable o a quien o quienes resulten responsables. 4.- derivado de la respuesta anterior informar en que etapa procesal se encuentran (judicializada o no judicializada) 5.- derivado de la respuesta anterior, para aquellas en que se encuentren judicializadas, cuales se encuentran con vinculación a proceso, y quien es la persona vinculada a proceso, solo reservar datos; siempre y cuando la persona haya mantenido sus datos personales como reservados, si la persona en el momento que el juez de control decidió tener sus datos personales públicos, solicito proporcionar la datos personales. Respuesta del día23/02/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud, y con fundamento en los artículos 124, 125, 126 y 130 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, se advierte notoria incompetencia de este sujeto obligado para dar respuesta en los términos solicitados. Al respecto, en específico, el primer párrafo del artículo 131 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, establece: “Artículo 131. Cuando las Unidades de Transparencia adviertan la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán de comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poder determinarlo, señalarán al solicitante el o los sujetos obligados competentes. …” Lo anterior, toda vez que este sujeto obligado limita su ámbito de acción a las atribuciones y funciones establecidas en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Baja California Sur y su propia normatividad, en ese sentido, entre las funciones de esta Secretaría Ejecutiva no se encuentran las de generar o poseer a nombre del XIV Ayuntamiento de Los Cabos la información que solicita. Por lo que este sujeto obligado al carecer de atribuciones para entregar la información solicitada, no se le puede proporcionar en los términos requeridos. Lo anterior, tiene sustento en el Criterio de Interpretación para Sujetos Obligados, con clave de control SO/013/2017, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales que a la letra dice: “Incompetencia. La incompetencia implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara.” Todo lo anterior, se hace del conocimiento del solicitante, dentro del plazo de tres días contemplado en el artículo 131 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, teniéndose por atendida la solicitud de información presentada a esta Secretaría Ejecutiva, haciendo de su conocimiento que en caso de insistir en su solicitud, esta deberá ser dirigida al o los sujetos obligados competentes para atenderla, que se considera pueden ser la Procuraduría General de Justicia y/o el H. Ayuntamiento de Los Cabos, no obstante para mayor referencia puede consultar el Padrón de Sujetos Obligados en el Estado de Baja California Sur, que se encuentra vigente, emitido por el Pleno del Consejo General del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California Sur, en la siguiente liga electrónica: https://itaibcs.net/ifile/AcuerdoCatalogoSujetosObligados/ACUERDO%20MODIF%20PADR%C3%93N%20DE%20SUJETOS%20OBLIGADOS_9%20de%20febrero%20del%202023.pdfArchivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-032373824000003

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaDeclaración de notoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta12/03/2024Fecha solicitud término23/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deBaja California SurSector de la dependenciaOrganismos Autónomos