Baja California Sur - Dirección de Servicios Previos a Juicio y Supervisión de Libertad Condicionada - (BCS)
Solicitud del día 16/06/2023 a la dependencia Baja California Sur - Dirección de Servicios Previos a Juicio y Supervisión de Libertad Condicionada - (BCS) del órgano Baja California Sur
DescripciónEn los términos del artículo 207 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en el párrafo segundo se señala: “… A través de los servicios postpenales, se buscará fomentar, la creación y promoción de espacios de orientación, apoyo y desarrollo personal, laboral, cultural, educativo, social y de capacitación, en general, de todas las áreas relacionadas con los ejes establecidos por el artículo 18 Constitucional a fin de facilitar la reinserción social además de promover en la sociedad la cultura de aceptación del liberado o externado. Mencionar ¿Cuáles y cuántas plazas/espacios se han creado o existen, para el desarrollo laboral a fin de facilitar la reinserción social además de promover en la sociedad la cultura de aceptación del liberado o externado? En caso de no contar con ningún espacio/plaza laboral especificar el por qué y la forma en cómo se ésta atendiendo lo citado en dicho párrafo. En el párrafo cuarto que a la letra establece: “…Para el cumplimiento de su objetivo, a nivel local y federal, la Autoridad Penitenciaria y demás autoridades corresponsables firmarán Convenios de colaboración con instituciones del sector público y privado que prestan funciones relacionadas con los servicios postpenales, con el objeto de canalizar a los liberados, externados y a su familia. De igual forma, existirá coordinación entre la Federación y los Estados o entre los Estados para el mejor cumplimiento de estos objetivos…” Diga cuántos convenios con el objeto de contratación laboral a la fecha se han celebrado, desde la entrada en vigor de esta Ley con el sector público, o instituciones públicas estatales, y proporcionar dichos documentos, en caso de no contar con ningún convenio especificar el por qué y la forma en cómo se está atendiendo lo citado en dicho párrafo.Respuesta del día07/07/2023Texto de respuestaA través de este medio, se brinda contestación a su petición ciudadana, de conformidad con las facultades asignadas a esta Institución; lo anterior en cumplimiento a los artículos 125, 138 Y 139 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.Archivo adjuntoDescargarFolioBCS-IP-032896723000004