Campeche - Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Campeche - (CAMP)
Solicitud del día 20/05/2024 a la dependencia Campeche - Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Campeche - (CAMP) del órgano Campeche
DescripciónSolicito copia del reporte Histopatológico de la Nefrectomía radical derecha, que se encuentra en mi expediente clínico del ISSSTE Clínica Hospital "Dr. Patricio Trueba Regil" y que me realizó el Dr. Fernando Josafat Ardisson Zamora el 18 de julio del 2016, ya que así lo requiere el Dr. William Orlando Brito Villanueva, Oncólogo Médico del Hospital Regional del ISSSTE "Elvia Carrillo Puerto" de Mérida, Yucatán, para mi valoración. Atte. Juan Manuel Pacheco Metelín. Paciente del ISSSTE Dr. "Patricio Trueba Regil", de Campeche. Expediente : GOZL690301/40Otros datosExpediente : GOZL690301/40Respuesta del día21/05/2024Texto de respuestaEl ISSSTECAM no ha contado, no cuenta, ni contará con clínicas ni hospitales. A diferencia del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, cuyo acrónimo es “ISSSTE”, que es una organización gubernamental de México que administra parte del cuidado de la salud y seguridad social, ofrece asistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos de trabajo y la muerte. El ISSSTE fue fundado en 1959 por el presidente de México, Adolfo López Mateos y se encarga de brindar beneficios sociales para los trabajadores del gobierno federal y sus atribuciones se encuentran expresamente identificadas en la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Existe una masiva confusión en las y los ciudadanos, por tal motivo es importante aclarar que, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Campeche, cuyas siglas son “ISSSTECAM”, no es la Delegación Estatal del ISSSTE en Campeche. En ese sentido, esta Unidad de Transparencia determina la notoria incompetencia del ISSSTECAM con elementos suficientes para generar en la persona solicitante la certeza de que su petición fue atendida correctamente; es decir, fue motivada y precisa en las razones por las que se buscó la información y las demás circunstancias que fueron tomadas en cuenta, para resolver la solicitud de cuenta. Por lo que esta resolución de solicitud de acceso a la información pública con folio 04008240003224 fue apegada a derecho. NOTA: Se anexa archivo en PDF con respuesta completa debido al limitado número de caracteres en este espacio de la plataforma.Archivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-040082400003224