Campeche - Secretaría de Administración y Finanzas - (CAMP)
Solicitud del día 22/09/2023 a la dependencia Campeche - Secretaría de Administración y Finanzas - (CAMP) del órgano Campeche
DescripciónBajo mi Derecho Constitucional de Petición mencionado en los artículos 1, 6 y Artículo 8, el cual dice lo siguiente “Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa… A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario”. Solicito primeramente copias certificadas de la totalidad de los documentos que integran el o los expedientes y/o cualquier información que se encuentre en poder de la SEAFI y/o Secretaría de Administración y Finanzas, de los documentos correspondientes a los Convenios celebrados entre Poder Ejecutivo y Poder Judicial del fondo de garantías de los años 2005 hasta el día de hoy, así como acuerdos extraordinarios de regulación del fondo y toda aquella documentación de carácter oficial como lineamientos, reglas, ordenes o cuales quieran otros, que se haya generado en la operacion, ejecución y administración del Fondo de Garantías que contiene los recursos de pensión alimenticia. Definan, funden o motiven cual es la razón por la cual los recursos monetarios depositados por concepto de pensión alimenticia no se incorporan a las cuentas del Poder Judicial, sino al Poder Ejecutivo del Estado de Campeche. Pero el Poder Ejecutivo del Estado de Campeche no cuenta con esas atribuciones en su regulación de recursos ingresados, etiquetado como Fondo de Garantías. Determinen los lineamientos del Fondo de Garantías. Definan, funden o motiven la razón con base a que lineamientos la dirección de ingresos dentro de sus atribuciones no cuenta con el rubo de manejo de certificados de pago de pensión alimenticia. Señale a que unidad administrativo y/o organismo gubernamental le compete el manejo, emisión, guarda, custodia y pago de los certificados de pago. Funden y motiven cual es la unidad administrativa responsable o encargado del resguardo, proteccion, operación, administración y ejecucion del fondo para garantizar la protección del fondo de garantías, a quien le rinden cuentas sobre el estado financiero de dicho fondo. En caso de otro sujeto obligado, señalarlo. Definan, funden o motiven cual es la situación de los recursos de pensión alimenticia que fueron, son y serán depositados al Poder Ejecutivo que al transcurrir un período largo de tiempo no son cobrados por los tutores legales de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en un proceso legal en favor de sus derechos universales con el objetivo de responsabilizar a los padres o tutores legales de los menores para hacerse cargo de sus necesidades. Por lo anterior, que pasa con ese dinero no cobrado. Generan dividendos y/o productos financieros que pudieran ser propiedad de los acreedores alimentarios en términos de las disposiciones de manejo financiero y bancario. Solicito de ser posible, se me proporcionen los balances financieros y manejo de cuenta en los que se reflejen los dividendos y/o productos financieros de los años 2006 a la presente fecha. En caso de que las cuentas se aperture de manera individual o particular según los acreedores alimentarios, solicito el estado de cuenta, balance de estados financieros de los dividendos y/o productos financieros generados de los depósitos. Recordando que el criterio de interpretación sustentado por el INAI Número INAI_2E_SO_011_2017CriterioInterpretación _V_R. Que menciona que las cuentas bancarias y/o CLABE interbancarias de sujetos obligados son información pública. Otros datosDicha información obra en los archivos de concentración, históricos y de trámite del Poder Ejecutivo del Estado de Campeche bajo un CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA ESTABLECER EL MECANISMO DE COBRO Y DISPERSIÓN DEL PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS, EN LO SUCESIVO EL ""CONVENIO"" QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ ""EL PODER EJECUTIVO"", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR JEZRAEL ISAAC LARRACILLA PÉREZ EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, ASISTIDO POR EL C.P. IÑIGO YÁÑEZ AVILÉS, ADMINISTRADOR GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN FISCAL DEL ESTADO DE CAMPECHE; LA SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE, EN LO SUCESIVO ""LA SECONT"" , REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR LA MTRA. MARIA EUGENIA ENRIQUEZ REYES; Y POR OTRA PARTE, EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ ""EL PODER JUDICIAL"", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA MTRA. VIRGINIA LETICIA LIZAMA CENTURIÓN, EN SU CARACTER DE MAGISTRADA PRESIDENTE DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ ""LAS PARTES"" vigente. Dichos expedientes de no haber sido tramitados su baja documental en los términos señalados por la Ley General de Archivos y la Ley de Archivos vigentes del Estado de Campeche, dicha documentación debe encontrarse debidamente foliada, archivada y con la portada debidamente firmada y autorizada por quienes la resguardan, Respuesta del día23/10/2023Texto de respuestaLa solicitud de acceso a la información pública, resultó en una Entrega de Información Sin Costo.Archivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-040084200021923