Campeche - Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana - (CAMP)
Solicitud del día 17/01/2024 a la dependencia Campeche - Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana - (CAMP) del órgano Campeche
DescripciónCon base en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículos 60, 70 fracc. XXVII y XXVIII de la Ley General de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como la legislación local en la materia, solicitamos la siguiente información: De los contratos realizados con la persona moral “Seguritech Privada S.A. de C.V” durante los años 2021 y 2022: a) Número de contrato b) Nombre del contrato y c) Sujeto obligado que llevó a cabo la compra. Además, atentamente solicitamos los siguientes documentos según la modalidad de compra: Licitación pública (Art. 70 fracc. XXVIII, inciso a LGTAIP) La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo; Los nombres de los participantes o invitados; El nombre del ganador y las razones que lo justifican; El Área solicitante y la responsable de su ejecución; Las convocatorias e invitaciones emitidas; Los dictámenes y fallo de adjudicación; El contrato y, en su caso, sus anexos; Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda; La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable; Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva; Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración; Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados; El convenio de terminación El finiquito; Estudio de mercado (según legislación local) Invitación restringida (Art. 70 fracc. XXVIII, inciso a LGTAIP) La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo; Los nombres de los participantes o invitados; El nombre del ganador y las razones que lo justifican; El Área solicitante y la responsable de su ejecución; Las convocatorias e invitaciones emitidas; Los dictámenes y fallo de adjudicación; El contrato y, en su caso, sus anexos; Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda; La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable; Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva; Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración; Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados; El convenio de terminación El finiquito; Estudio de mercado (según legislación local) Dictamen de excepción a la licitación pública (según legislación local) Adjudicación directa (Art. 70 fracc. XXVIII, inciso b, LGTAIP) La propuesta enviada por el participante; Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevar a cabo la adjudicación (dictamen de excepción) La autorización del ejercicio de la opción; En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos; (estudio de mercado) El nombre de la persona física o moral adjudicada; La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución; El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra; Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda; Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados; . El convenio de terminación, y El finiquito; Finalmente, solicitamos que toda la información se brinde en formato abierto que garantice el acceso a la información, como lo establece el artículo 3 fracción VI de la Ley General. Respuesta del día22/01/2024Texto de respuestaesta Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana del Estado de Campeche no es competente para proporcionar la información que solicita, ya que dentro de las atribuciones conferidas en el artículo 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, no contempla atribuciones en los asuntos a que refiere dicha solicitud.Archivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-040085000001924