Campeche - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche - (CAMP)

Solicitud del día 22/03/2024 a la dependencia Campeche - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche - (CAMP) del órgano Campeche

DescripciónFacturas en formato pdf generadas por los ingresos recibidos por el servicio de fotocopiado durante el año 2023.Respuesta del día19/04/2024Texto de respuestaMediante oficio número 31/CTRANSPCAM/23-2024, de fecha dieciocho de abril del año en curso el Comité de Transparencia del Poder Judicial del Estado, informó a esta Unidad que en sesión ordinaria 08/23-2024/CT, realizada con fecha dieciocho de abril del año en curso, había aprobado la resolución número 01/23-2024/CT, misma que en su parte conducente señala: “… V.-CONSIDERACIONES 1. Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver respecto de la clasificación de información, en su carácter de confidencial, y en su caso, confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de clasificación realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados; lo anterior, con fundamento en los artículos 48, 49, fracciones I, II, IV y IX, 109 y 141 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, en relación con los numerales 174, 175, 176, 177 y 178 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche, vigente. 2. Del análisis de la solicitud presentada ante la Unidad de Transparencia, se observa que la misma se trata de una Solicitud de Acceso a la Información Pública, ante ello el Sujeto Obligado, solicitó a este Comité confirmar la clasificación de información reservada, respecto de la petición de entregar las facturas generadas como resultado de los ingresos recibidos por el servicio de fotocopiado durante el año 2023, indicando que dicha información no ha sido dictaminada por la Auditoria Superior de la Federación y Auditoria Superior del Estado de Campeche, representado un riesgo real, de perjuicio significativo al interés público, y la limitación en este caso al particular, representa el medio menos restrictivo disponible para evitar dicho riesgo. Ahora bien, corresponde a este Comité de Transparencia confirmar, modificar o revocar la clasificación de información reservada, que generó la Dirección de Contabilidad del Poder Judicial del Estado de Campeche, de conformidad con el artículo 103 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche. Ante ello, se debe resaltar que el procedimiento para que tenga lugar la clasificación de la información como reservada, es una garantía a favor del solicitante de que efectivamente se realizaron las gestiones previstas en la Ley de la materia, para arribar a la conclusión, conforme a derecho, debidamente fundada y motivada, de que la información del interés del recurrente guarda ese carácter, lo anterior de conformidad con los numerales 100, 103, 104, 105, 106, 107, 109, y 111 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los cuales disponen lo que a continuación se inserta:Archivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-040086300006124

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información sin costoTipo de respuestaCOSTOS DE ENTREGAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta25/04/2024Fecha solicitud término19/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCampecheSector de la dependenciaPoder Judicial