Campeche - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche - (CAMP)
Solicitud del día 03/06/2024 a la dependencia Campeche - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche - (CAMP) del órgano Campeche
Descripción1. En el año 2022, ¿cuantas veces se dictó una de las siguientes medidas de protección a favor de una persona interviniente en un proceso penal? - Reserva de identidad - Utilización de métodos que imposibiliten la identificación visual o auditiva - La utilización de procedimientos mecánicos o tecnológicos para la participación de la persona a distancia y en forma remota 2. Del número total de las personas beneficiarias de las medidas mencionadas en la pregunta anterior, favor de enumerar cuántas de las personas pertenecían a cada de estas categorías: - Testigos o testigos colaboradores - Peritos - Policías - Personal del Ministerio Público, la Fiscalía, o del Poder Judicial - Víctimas de delito - Otros 3. ¿En cuántas causas penales por el delito de homicidio doloso se dictó una de las medidas mencionadas en la primera pregunta en el año 2022? 4. ¿En el año 2022, cuántas veces se solicitó permitir a una persona testigo brindar su testimonio de manera anticipada? ¿Cuántas veces se permitió? 5. ¿En cuántas causas penales por el delito de homicidio doloso se permitió a una persona testigo brindar su testimonio de manera anticipada en el año 2022?Respuesta del día14/06/2024Texto de respuestaLa Licenciada Edelmira Jaqueline Cervera Sánchez, Administradora Interina del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral del Estado del Primer Distrito informo: 1. En el año 2022, ¿Cuántas veces se dictó una de las siguientes medidas de protección a favor de una persona interviniente en un proceso penal? • Reserva de identidad • Utilización de métodos que imposibiliten la identificación visual o auditiva • La utilización de procedimientos mecánicos o tecnológicos para la participación de la persona o distancia y en forma remota. Respuesta: Durante el año 2022, los Jueces de Control no dictaron ninguna medida de protección, con los rubros señalados, ya que cuando se trata de delitos graves, desde la solicitud de audiencia inicial ya sea con detenido o sin detenido, el Ministerio Público señala a la víctima cuando el delito lo requiere con datos en reserva. De igual forma no se ha dictado ninguna medida de protección para efectos de la identificación visual o auditiva, únicamente en audiencia de juicios y siguiendo el protocolo se llevan a cabo audiencias en sala de testigo protegido de la víctima a fin de evitar la visualización con el acusado. Y por último no se ha dictado ninguna medida de protección para la utilización de procedimientos mecánicos o tecnológArchivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-040086300009724