Campeche - Municipio de Candelaria - (CAMP)
Solicitud del día 23/05/2024 a la dependencia Campeche - Municipio de Candelaria - (CAMP) del órgano Campeche
DescripciónSE SOLICITA SOLO LOS INGRESOS TOTALES Y SU ORIGEN (RECURSOS PÚBLICOS Y PRIVADOS) QUE REPORTARON TODOS LOS EMPLEADOS DE ESTA ADMINISTRACIÓN QUE PRESENTARON SU DECLARACIÓN PATRIMONIAL EN EL EJERCICIO FISCAL 2022Respuesta del día14/06/2024Texto de respuestaOficio: UTM/063/2024 Fecha: 14 de junio de 2024. Asunto: respuesta a la solicitud de información C. Sol P r e s e n t e: Dando seguimiento a su solicitud de información recibido través de la Plataforma Nacional de Transparencia con folio 040086500002424, fecha 24/mayo/2024. Donde solicita lo siguiente: “SE SOLICITA SOLO LOS INGRESOS TOTALES Y SU ORIGEN (RECURSOS PÚBLICOS Y PRIVADOS) QUE REPORTARON TODOS LOS EMPLEADOS DE ESTA ADMINISTRACIÓN QUE PRESENTARON SU DECLARACIÓN PATRIMONIAL EN EL EJERCICIO FISCAL 2022”. sic Con fundamento en el Artículo 51 fracción II de LTAIPEC y ART 61, Frac. I, II del Reglamento de Transparencia del Municipio de Candelaria. Se le da seguimiento a su solicitud asignándose al área competente. Que a continuación resuelve lo siguiente: El artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna, entre otros aspectos relacionados con el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, que la relativa a la vida privada y a los datos personales será protegida en los términos que fijen las leyes; en tanto que la información en posesión de los sujetos obligados es pública, y sólo podrá reservarse temporalmente en los casos previstos por la ley, entre los que destacan, la posible afectación del interés público, la seguridad nacional, los derechos del debido proceso o la adecuada conducción de los expedientes judiciales o administrativos seguidos en forma de juicio, así como cuando se ponga en riesgo la vida o la seguridad de una persona. También se establece en dicho precepto constitucional que en la interpretación del derecho mencionado deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. En consecuencia, de acuerdo con los artículos 104, 113, 116 y 120 de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública procede restringir el acceso a la información en poder de los sujetos obligados, cuando se clasifique como reservada o como confidencial…” (Sic) Con fundamento en el Artículo 74, Fracción 12 de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Campeche H. Municipio de Candelaria publica de manera trimestral la información, en versión pública, de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable. Esta información lo puede consultar en las siguientes ligas: https://consultapublicamx.plataformadetransparencia.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#tarjetaInformativa https://municipiodecandelaria.gob.mx/ova_sev/fraccion-xii/ Sin más por el momento le envió un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Unidad de Transparencia del Municipio de Candelaria.Archivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-040086500002424