Campeche - Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche - (CAMP)
Solicitud del día 17/11/2023 a la dependencia Campeche - Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche - (CAMP) del órgano Campeche
DescripciónA través de medios de comunicación se ha publicado se sabe que la señora Nashieli Ramírez Hernández fue electa en el marco del LI Congreso Nacional y Asamblea General Ordinaria de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH), como su Presidenta para el periodo de 2019-2021 y también fue electa para el período 2022-2025, como Presidenta Regional para América Latina y el Caribe del Instituto Internacional del Ombudsman (IIO).Consideramos que está elección derivo de ser un ejemplo de respeto a la legalidad y verdadera defensa de los derechos humanos; sin embargo, a través de diversas notas periodísticas y de algunas solicitudes de información ventiladas en esta plataforma se tiene conocimiento de diversas situaciones y hechos que podrían ensombrecerla labora de la ciudadana en comento, como lo es los rumores o versiones distintas de que a su interior existieron y existen conflictos de interés propiamente derivado de que supuestamente algunos de sus titulares aprovechando su cargo metieron a trabajar a ese organismo a familiares, alumnado o amigos y conocidos y que algunos de sus titulares a pesar del sueldo que perciben cuentan con chofer designado por la misma comisión para llevarlos a sus casos e ir por ellos, como es el caso de la cuarta y quinta visitadora. Por lo anterior, es de nuestro contar con diversa información como por ejemplo, que cada una de las comisiones de derechos humanos de las 31 entidades federativas y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos nos informen lo siguiente: Del periodo que va del 217 a la fecha actual cuantas recomendaciones y conciliaciones emitió cada una de esas comisiones estatales y la comisión nacional de los derechos humanos. Solicitamos que esa información nos la entreguen desagregada por mes y año, así como derechos violados. En caso de las conciliaciones solicitamos nos informen el nombre del área que da seguimiento al cumplimiento de las mismas. Asimismo, el fundamento legal por el que no son públicas, es decir, no las han publicado en sus respectivas páginas web de cada una de las Comisiones de derechos humanos estatales y de la comisión nacional de los derechos humanos. El fundamento legal por el que no solicitan el consentimiento de las víctimas para llevar a cabo y emitir dichas conciliaciones. El fundamento legal por el que emiten una conciliación cuando de los hechos por los que se formuló queja y que de la investigación que llevaron a cabo se desprenden hechos graves como la afectación a la integridad física, la pérdida de la vida, la desaparición de la persona o por hechos relacionados con la tortura. Asimismo, solicito que cada de las comisiones estatales de derechos humanos y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos nos informe en cuantos de los expedientes que iniciaron del 2017 a la fecha las víctimas directas por las que se formuló queja y que se encontraba viva, durante el trámite de expediente que se inició al respecto, perdió la vida. Solicitamos que esa información nos la entreguen desagregada por número de expediente, año de inicio del mismo y fecha en la que falleció, así como causa de muerte, y el estado que guarda dicho expediente, y en caso de haberse concluido la causa de dicha conclusión. Otros datosConsideramos que los representantes de un grupo, comunidad, nación o instituciones de gobiernos debe ser ejemplo claro de respeto a su pueblo. Esta solicitud es con el fin de verificar como ciudadanos de este País la labor de la señora Nashieli Ramírez HernandezRespuesta del día15/12/2023Texto de respuestaLa respuesta a la solicitud se encuentra en el archivo adjuntoArchivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-040091400010123