Campeche - Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Campeche - (CAMP)
Solicitud del día 11/09/2023 a la dependencia Campeche - Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Campeche - (CAMP) del órgano Campeche
Descripción"De acuerdo con González y Nash (2011) “los actos de corrupción significan […] una forma de discriminación […] una forma de trato arbitrario; es decir, de discriminar o excluir a otras personas de dicha ventaja o beneficio, sin justificación objetiva”. Asimismo, Novoa (2016) afirma que la corrupción genera discriminación estructural (Metodología 5C, Mexiro A.C., 2021). Como bien los señala el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, y que la violencia y el acoso son una amenaza para la igualdad de oportunidades, y son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente. Este Convenio que fue ratificado por el Senado de la República, destaca la importancia de una cultura del trabajo basada en el respeto mutuo y la dignidad del ser humano para prevenir la violencia. En ese sentido, solicito al Comité de Participación Ciudadana (CPC) los documentos que acrediten: 1. La adopción de instrumentos legales internacionales (como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo) y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales básicos de igualdad de oportunidades laborales, el acceso al empleo sin discriminación y la prevención de discriminación dentro del Comité de Participación Ciudadana, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2. Los resultados de la implementación de los instrumentos legales internacionales y nacionales, y la existencia o creación de mecanismos institucionales básicos de igualdad de oportunidades laborales, el acceso al empleo sin discriminación y la prevención de discriminación dentro del Comité de Participación Ciudadana, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3. Número de demandas y laudos que tengan las personas integrantes del CPC por motivos de discriminación laboral y/o violencia laboral, desagregadas por año del periodo 2018 al 2022."Respuesta del día09/10/2023Texto de respuestaC. MEXIRO, A.C., se notifica la presente con número de folio 042463700009423, en lo cual está establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de CampecheArchivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-042463700009423