Campeche - Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Campeche - (CAMP)

Solicitud del día 12/10/2023 a la dependencia Campeche - Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Campeche - (CAMP) del órgano Campeche

Descripción"La Corte Interamericana de los Derechos Humanos ha señalado la posibilidad de que una persona resulte discriminada con motivo de la percepción que otras tengan acerca de su relación con un grupo o sector social, independientemente de que ello corresponda con la realidad o con la auto-identificación de la víctima. La discriminación por percepción tiene el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona objeto de dicha discriminación, independientemente de si dicha persona se auto-identifica o no con una determinada categoría. Al igual que otras formas de discriminación, la persona es reducida a la única característica que se le imputa, sin que importen otras condiciones personales. En consecuencia, de conformidad con lo anterior, se puede considerar que la prohibición de discriminar con base en la identidad de género, se entiende no únicamente con respecto a la identidad real o auto-percibida, también se debe entender en relación a la identidad percibida de forma externa, independientemente que esa percepción corresponda a la realidad o no. En ese sentido, se debe entender que toda expresión de género constituye una categoría protegida por la Convención Americana en su artículo 1.1. Por último, es relevante señalar que varios Estados de la región han reconocido en sus ordenamientos jurídicos internos, sea por disposición constitucional, sea por vía legal, por decretos o por decisiones de sus tribunales, que la orientación sexual y la identidad de género constituyen categorías protegidas contra los tratos diferentes discriminatorios. En este marco, solicito al CPC: 1) Todas las aprobaciones de sus normas de carácter interno con transversalización de la Perspectiva de Género, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2) Documentos donde examinen periódicamente la adecuación de sus normas y legislación para identificar y resolver los problemas de incumplimiento y falta de información respecto a la Perspectiva de Género en materia anticorrupción, así como los contratiempos que surjan, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 3) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales (sentencias, acuerdos, convenciones, informes, observaciones, recomendaciones de Naciones Unidas, la Convención Americana, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Informes de Relatores Especiales), nacionales y locales (CPEUM, leyes, códigos, reglamentos) en materia de Perspectiva de Género, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 4) Propuestas de recomendaciones no vinculantes con Perspectiva de Género que ha generado el Comité de Participación Ciudadana al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, desagregadas por año del periodo 2018 al 2022."Respuesta del día13/11/2023Texto de respuestaC. MEXIRO, A.C. , se notifica la presente con número de folio 042463700012923, en lo cual está establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Campeche.Archivo adjuntoDescargarFolioCAMP-IP-042463700012923

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información sin costoTipo de respuestaCOSTOS DE ENTREGAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta15/11/2023Fecha solicitud término13/11/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deCampecheSector de la dependenciaPoder Ejecutivo