Ciudad de México - Policía Auxiliar - (CDMX)

Solicitud del día 13/08/2010 a la dependencia Ciudad de México - Policía Auxiliar - (CDMX) del órgano Ciudad de México

Descripción1. Como se encuentra integra la policía auxiliar del distrito federal. Explicar y dar el Fundamento legal. 2. Los trabajadores de la policía auxiliar como son considerados: de base o de confianza. Fundamento legal. 3. Cuales son las prestaciones sociales con que cuentan los empleados operativos y administrativos de la policía auxiliar, enlistar y explicar cada una.Respuesta del día30/08/2010Texto de respuestaMéxico, D.F. a 27 de Agosto de 2010 Oficio No. OIP-PA/1617/10 C. HÉCTOR JUÁREZ PRESENTE En el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal con el objeto de dar respuesta a las solicitudes de información registradas mediante el sistema INFOMEX, con los números de folio 0109100085810 y 0109100086510, ingresadas a esta Oficina de Información Pública el día 12 y 13 de agosto de 2010 respectivamente. Derivado de lo anterior y con fundamento jurídico en los artículos 6 segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 1, 2, 3, 4 fracción III, 6, 8, 11, 26, 46, 47, 51 y 58 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como los artículos 1, 16, 26 y 27 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Informo a usted la respuesta emitida mediante oficio DCJ/3188/2010, del Lic. José Antonio Pérez Ávila, Director Jurídico y Consultivo de esta Corporación, en la cual informa lo siguiente: "1. Como se ecuentra integra la policia auxiliar del distrito federal. Explicar y dar el fundamento legal? (sic). Respuesta: Al respecto, me permito mencionarle que de conformidad a los artículos 3, 51, y 52 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, Al frente de la Secretaría estará el Secretario, quien para la atención de los asuntos de su competencia contará con las siguientes Unidades Administrativas y Unidades Administrativas Policiales, mismas que quedarán adscritas entre otras las Unidades de Policía Complementaria: las cuales a su vez estarán integradas por la Dirección General de la Policía Auxiliar y la Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial las cuales proporcionarán servicios de custodia, vigilancia, guardia y seguridad de personas y bienes, valores e inmuebles a dependencias, entidades y órganos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Federales y del Distrito Federal, órganos autónomos federales y locales así como a personas físicas y morales, mediante el pago de la contraprestación que determinen los titulares de las respectivas Direcciones Generales, la cual será publicada anualmente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. “2. Los trabajadores de la policia auxiliar como son considerados: de base o de confianza. Fundamento Legal” (sic). Respuesta: Sobre el particular, me permito informarle que de conformidad con el artículo 9 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, se consideran trabajadores de confianza “3. Cuales son las prestaciones sociales con que cuentan los empleados operativos y administrativos de la policia auxiliar, enlistar y explicar cada una? (sic). Respuesta: Informo a usted que las prestaciones sociales, culturales y recreativas con los que cuentan los empleados operativos y administrativos, le corresponde a la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal (CAPREPA), en su artículo 14, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por lo que le sugiero a usted dirija su petición a la Oficina de Información Pública de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, dicha oficina se encuentra ubicada en calle Mosqueta No.140, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300. México, Distrito Federal, Tels. 52071893 ext. 1106 y 1105, 55 35 77 09, 52 07 21 81 ext. 602, http://www.caprepa.df.gob.mx Por último se le informa que puede acudir directamente de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 hrs., a la Oficina de Información Pública de esta Corporación, ubicada en Avenida Insurgentes Norte número 202, Colonia Santa María la Ribera, Delegación Cuauhtémoc, en México Distrito Federal, a recoger la documentación solicitada. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. ATENTAMENTE EL RESPONSABLE DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL LIC. FRANCISCO J. ARELLANO DEL TORO FJAT/ABM/ceec - Por Internet en INFOMEXDF (Sin Costo)Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-0109100086510

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaC. Entrega información vía InfomexTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta27/08/2010Fecha solicitud término30/08/2010Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo