Ciudad de México - Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social (IASIS) - (CDMX)
Solicitud del día 04/11/2007 a la dependencia Ciudad de México - Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social (IASIS) - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónHAY ALGUN PROGAMA DE APOYO LABORAL PARA NIÑOS, NIÑAS Y JOVENES, EN SITUACION DE CALLE, QUE AYUDE PARA SU REHABILITACION ASI COMO A SU REINTEGRACION SOCIAL, ASI COMO CUALES SON LOS LINEAMIENTOS DE DICHO PROGAMA SOCIALRespuesta del día17/11/2007Texto de respuestaEstimada Jazmín Pastor Sánchez, Respecto a su atenta solicitud “si hay un programa de apoyo laboral para niños, niñas y jóvenes, en situación de calle que ayude para su rehabilitación así como a su reintegración social, así como cuales son los lineamientos de dicho programa social”, me permito informarle que el Instituto de Asistencia e Integración Social no tiene dentro de sus tareas u objetivos principales, el proporcionar empleos a los usuarios. Por otra parte, con fundamento en la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal, artículo 53, “En materia de niñas y niños trabajadores en situación de desventaja social, la Secretaria de Gobierno promoverá los mecanismos de colaboración y fomentara programas de protección para que los adolescentes mayores de 14 años que trabajen cuenten con la protección laboral y el respeto a los derechos que otorga la Ley Federal del Trabajo”, en el único Centro de este Instituto que atiende a niños y jóvenes en situación de calle, “Coruña Niños”, dentro de los servicios que se proporcionan se brinda a toda la población usuaria talleres productivos, los cuales tienen como finalidad la formación de responsabilidades en una actividad y de esta forma poder lograr una reintegración social. En el caso de los jóvenes mayores de edad que se encuentran como población del Centro, personal de trabajo social adscritos a dicho Centro, les brindan asesoria para conseguir empleo, así mismo dan seguimiento para la obtención de la documentación que requieran para su contratación. Cabe mencionar que en el caso de niñas y niños menores de edad, se les sensibiliza para que inicien o continúen sus estudios y de esta forma garantizar el derecho a la educación y cumplir con la normatividad que se establece en la Ley Federal del trabajo artículo 22 donde “queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años y de los mayores de esta edad y menores de dieciséis que no hayan terminado su educación obligatoria”, protegiendo y garantizado así los derechos humanos de los y las usuarias. Si requiere más información me pongo a su disposición al teléfono 57 41 36 66. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente El responsable de la Oficina de Información PúblicaArchivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-0310000008207