Ciudad de México - Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda - (CDMX)
Solicitud del día 04/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónPor medio de la presente, y en ejercicio del derecho que me confiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad de México, solicito de manera categórica a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) que se me proporcione la siguiente información sin dilación alguna: 1. Los montos pagados al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por cada uno de los fideicomisos SAC F1116 y F1134, así como del SAC Alameda Reforma, especificando el número de fideicomiso correspondiente. 2. La información solicitada deberá abarcar los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y lo que va de 2024, en relación con las obligaciones fiscales de Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Sobre la Renta (ISR). Como antecedente, esta solicitud se fundamenta en la Resolución del recurso de revisión con número de expediente INFOCDMX/RR.IP.2305/2024, interpuesto por este mismo interesado en contra de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Es imperativo señalar que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en su calidad de administradora de los recursos de los fideicomisos dentro del sistema de actuación por cooperación, tiene la obligación ineludible de gestionar y proporcionar de forma expedita la información solicitada sobre la dispersión de ingresos y egresos. La coordinación de Sistemas de Actuación por Cooperación, como área de la Dirección General de Desarrollo Urbano, no puede, bajo ninguna circunstancia, alegar la falta de información. Esta dependencia tiene el deber de asegurar el seguimiento y la rendición de cuentas de dichos recursos. En este sentido, los principios de transparencia, exhaustividad, máxima publicidad, así como el derecho de acceso a la información pública, son pilares fundamentales de la gestión pública y deben ser garantizados en beneficio de la ciudadanía. Respuesta del día15/11/2024Texto de respuestaC. SOLICITANTE Se remite la respuesta correspondiente a solicitud de acceso a la información pública en los términos del oficio adjunto al presente. Lo anterior, en términos de los artículos 212 y 213 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090162624003108