Ciudad de México - Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación - (CDMX)
Solicitud del día 04/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónMI ESPOSA ERA MAESTRA DE EDUCACION PRIMARIA YA JUBILADA Y FALLECIO EN SEPTIEMBRE DE ESTE AÑO, PARA REALIZAR DIVERSOS TRAMITES REQUIERO LOS DOS ULTIMOS RECIBOS DE COBRO, ES DECIR, AGOSTO Y SEPTIEMBRE DE ESTE AÑO, SU NOMBRE ES PRISCILA MADRIGAL MARCELO, CURP MAMP600114MDFDRR03Otros datos NOMBRE MADRIGAL MARCELO PRISCILA CLAVE DE ELECTOR MDMRPR60011409M500 CURP MAMP600114MDFDRR03Respuesta del día05/11/2024Texto de respuestaCabe señalar que las facultades de esta Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTEI), son relativas a la función educativa, científica, tecnológica y de innovación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; empero, no todos los tipos de educación de la Ciudad están bajo responsabilidad de esta dependencia. SEGUNDO.- Reiterando que en la Ciudad de México convergen distintas autoridades educativas de nivel inicial, básico (preescolar, primaria y secundaria), medio superior y superior, de sostenimiento federal, estatal y autónomo; a nivel básico, (preescolar, primaria y secundaria), la Ciudad de México, es la única Entidad Federativa donde no se ha concretado la descentralización educativa, por lo que mientras se lleva a cabo la descentralización de los servicios educativos y la transferencia de los recursos humanos, materiales y presupuestales, conforme al Acuerdo que celebre la Federación y el Gobierno de la Ciudad de México, la educación inicial, básica (preescolar, primaria y secundaria), incluyendo la indígena, la educación especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, en el ámbito de la Ciudad de México, están a cargo de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM), lo anterior con fundamento en el artículo transitorio Octavo de la Ley General de Educación . Aunado a lo anterior, le informamos que el sujeto obligado que puede responder a sus cuestionamientos es la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM), en caso de tratarse de una institución de la Ciudad de México o a la Secretaría de Educación Pública SEP (en caso de tratarse de otra entidad Federativa. Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090162724000908