Ciudad de México - Secretaría de Administración y Finanzas - (CDMX)
Solicitud del día 24/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Administración y Finanzas - (CDMX) del órgano Ciudad de México
Descripción¿Cuál es la categoría jurídica (área de valor ambiental, área natural protegida o cualquier otra) con la que actualmente se le reconoce a la Ciudad Deportiva Magdalena Mixiuhca? ¿Cuáles son los convenios, contratos, PATR, o cualquier otro instrumento jurídico vigentes, que se tiene con particulares, que comprometan el uso de cualquiera de las áreas, infraestructura o instalaciones de la Ciudad Deportiva Magdalena Mixiuhca? Solicitamos copia simple. ¿Cuáles son las solicitudes para nuevos (o renovación) convenios, contratos, PATR, o cualquier otro instrumento jurídico, que se le han hecho a los responsables de la administración de la Ciudad Deportiva Magdalena Mixiuhca? Otros datos Respuesta del día05/11/2024Texto de respuestaEstimado Solicitante P r e s e n t e Se adjunta RESPUESTA, no se omite mencionar que de conformidad con el numeral 7 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México, se brinda la respuesta recaída al folio 090162824003834 por tratarse del mismo requerimiento de información con la presente solicitud 090162824003897. 7. La Unidad de Transparencia de los sujetos obligados deberá atender cada solicitud de información de manera individual, absteniéndose de gestionar en conjunto diversos folios en el mismo oficio, resolución o vía, con excepción a aquéllas que se refieran al mismo requerimiento de información. Se le informa que, para garantizar tanto el ejercicio del derecho fundamental a la información, como el principio democrático de publicidad de los actos de gobierno y a la buena administración, estamos a sus órdenes para cualquier duda, comentario y aclaración sobre el particular, en los correos electrónicos utransparencia.saf@gmail.com y ut@finanzas.cdmx.gob.mx de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas. Hago de su conocimiento el derecho a interponer el recurso de revisión correspondiente, a través de los medios electrónicos o de manera directa presentando escrito en formato libre o el proporcionado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la información Pública, protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que surte efectos la notificación del presente. Finalmente, esta respuesta se encuentra ajustada a derecho, toda vez que se atiende en términos de los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 121 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, 3, 4, 6, fracciones I, XIII, XIV y XLII, 8, 11, 13, 14, 19, 92, 93, 192, 193, 208, 212, 233, 234, 236 y demás relativos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, articulo 27 y numerales Décimo Séptimo y Décimo Octavo transitorios de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. ATENTAMENTE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090162824003897