Ciudad de México - Secretaría de Administración y Finanzas - (CDMX)

Solicitud del día 29/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Administración y Finanzas - (CDMX) del órgano Ciudad de México

DescripciónPor este conducto, en términos del artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se solicita lo siguiente: La Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, es parte demandada en el Juicio Laboral número 4497/2015 seguido en la Octava Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en donde se dictó el Laudo de fecha quince de agosto de dos mil dieciocho y la resolución al Incidente de Liquidación de fecha nueve de marzo de dos mil veintitrés, resoluciones que causaron ejecutorias; por lo que la Octava Sala ha requerido su cumplimiento. En razón de lo anterior, se emitió el oficio SAF/DGAyF/DF/1190/2024 de fecha 26 de septiembre de 2024, en donde la Directora de Finanzas hizo del conocimiento a la Subdirectora de Control y Gestión de Asuntos Laborales, Erika Álvarez Sánchez, de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, la afectación presupuestaria, que se registró en el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales SAP-GRP y que fue expedido el Visto Bueno por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales; por lo que, ¿la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, ha dado cumplimiento o tiene impedimento para su cumplimiento? Tomando en consideración, que, desde el 26 de septiembre de 2024, se tiene el Visto Bueno.Respuesta del día05/11/2024Texto de respuestaEstimado Usuario del Sistema P r e s e n t e Se adjunta respuesta, de folio en comento. Asimismo, se le informa que para garantizar tanto el ejercicio del derecho fundamental a la información, como el principio democrático de publicidad de los actos de gobierno, estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el particular, en el correo electrónico ut@finanzas.cdmx.gob.mx de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas. De la misma manera, le comunicamos que tiene el derecho a interponer el recurso de revisión correspondiente, a través de los medios electrónicos o de manera directa presentando escrito en formato libre o el proporcionado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que surte efectos la notificación de la respuesta emitida por este Sujeto Obligado. Finalmente, esta respuesta se encuentra ajustada a derecho, toda vez que se atiende en términos de los artículos en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 121 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, 3, 4, 6, fracciones I, XIII, XIV y XLII, 8, 11, 13, 14, 19, 92, 93, 192, 193, 200, 208, 212, 233, 234, 236 y demás relativos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, artículo 27 y numerales Décimo Séptimo y Décimo Octavo transitorios de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. A T E N T A M E N T E UNIDAD DE TRANSPARENCIA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090162824003961

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónManualprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaMedio electrónico aportado por el solicitanteFecha limite de respuesta12/11/2024Fecha solicitud término05/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo