Ciudad de México - Secretaría de Administración y Finanzas - (CDMX)
Solicitud del día 30/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Administración y Finanzas - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónCedac 063828 2021 12 web PGR espionaje robo de información privilegiada fam González castillo Nayeli empresario fam royal fam chon fam li fam Wo sociedades usurpación enriquecimiento ilícito lavado de dinero secuestro pornografia infantil prostitucion infantil tortura robo automotriz robo de herencia industria Hermer wV hiunday mercedes hoomer porche y bosques de Chapultepec y sociedades testamentos nombre C.Anatolio de la Vega Rodríguez y los delitos de la familia Estrada y Rodríguez colchado brujos chamanes agencia automotriz monarquía y wolmar de Mexico tiendas tres restaurantes arroyo arquitecto Pantoja laboratorios simiOtros datosTestamento y herencia tortura fam Rodríguez colchado encontra de C.Anatolio de la Vega Rodríguez y sociedades de madereros agencia automotriz monarquiaRespuesta del día04/11/2024Texto de respuestaEstimado Usuario del Sistema P r e s e n t e Se adjunta respuesta ORIENTACION, de folio en comento. Asimismo, se le informa que para garantizar tanto el ejercicio del derecho fundamental a la información, como el principio democrático de publicidad de los actos de gobierno, estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el particular, en el correo electrónico ut@finanzas.cdmx.gob.mx de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas. De la misma manera, le comunicamos que tiene el derecho a interponer el recurso de revisión correspondiente, a través de los medios electrónicos o de manera directa presentando escrito en formato libre o el proporcionado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que surte efectos la notificación de la respuesta emitida por este Sujeto Obligado. Finalmente, esta respuesta se encuentra ajustada a derecho, toda vez que se atiende en términos de los artículos en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 121 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, 3, 4, 6, fracciones I, XIII, XIV y XLII, 8, 11, 13, 14, 19, 92, 93, 192, 193, 200, 208, 212, 233, 234, 236 y demás relativos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, artículo 27 y numerales Décimo Séptimo y Décimo Octavo transitorios de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. A T E N T A M E N T E UNIDAD DE TRANSPARENCIA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090162824004001