Ciudad de México - Secretaría de Gobierno - (CDMX)
Solicitud del día 01/12/2023 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Gobierno - (CDMX) del órgano Ciudad de México
Descripción• ¿Se garantizará un empleo de base definitiva como ofrecieron las autoridades en la transición hacía imss-bienestar, que contempla sueldo base de nivel federal, estabilidad laboral y la continuidad de actividades desempeñadas por el personal adscrito en las áreas de ingeniería biomédica en SEDESA y servicios de salud pública de la ciudad de México? • Especificar e informar si el personal de Ingeniería Biomédica transiciona hacia OPD IMSS bienestar; y en caso de que ocurra cómo y cuándo será. • ¿Se reconocerá finalmente a esta profesión como parte de la rama paramédica? • ¿Se asignará un código de tabulador y profesiograma para Ingeniero Biomédico similar al tabulador de la SSA federal con código M03001? • ¿Se Incluirá en el organigrama de las unidades hospitalarias la jefatura de ingeniería biomédica y en caso de hacerlo el titular a cargo será un profesional con la licenciatura en ingeniería biomédica como mínimo? • En el caso de que se tenga una demanda con la sedesa por la diferencia salarial de la plaza-función ¿Se dará la oportunidad de continuar adscrito con la función "provisional" en lo que se determina el fallo del juez? • Las anteriores preguntas no causarán alguna condicionante que afecte mi relación con el trabajo desempañado y no afectarán la continuidad de las labores que he desempeñado año con año, en mi ejercicio profesional. Otros datos Los trabajadores involucrados en el proceso de transición han experimentado de manera global tres situaciones con sus particularidades personales: En la primer situación encontramos al trabajador que fue convocado a la firma de nombramiento, al cumplir los criterios determinados para esta fase de transición, pero le fue asignada una categoría que no es afín a su profesión; la cual previamente fue comprobada mediante la entrega y verificación de documentos que la avalan, lo que implica una afectación en el desempeño y ejercicio de ésta, en la inmediatez ya que modifican el grado de riesgo, responsabilidad y remuneración; esto como consecuencia de aceptar la categoría nombramiento disponible a fin de conservar un empleo, situación que provoca incertidumbre sobre su futuro profesional dentro de este nuevo esquema. En la segunda situación encontramos al trabajador que NO fue convocado a la firma de nombramiento, aun asì cumplio los criterios determinados para esta fase de transición, con ello no se asignó categoría alguna a su profesión, lo cual causa una incertidumbre en su relación laboral cabe señalar que las categorías de nombramiento con SEDESA discrepan de la función de Ingeniero Biomédico no siendo retribuida salarialmente como debiera ser. En la tercera situación encontramos al trabajador que NO fue convocado a la firma de nombramiento, por que tampoco fue convocado para entrega de documentos ni evaluaciones esta transición. La incertidumbre con este grupo es mayor en su relación laboral cabe señalar que al igual que en el caso anterior el nombramiento con SEDESA discrepan de la función de Ingeniero Biomédico no siendo retribuida salarialmente como debiera ser. Respuesta del día04/12/2023Texto de respuestaSe notifica respuesta mediante oficio SG/DECI/UT/3308/2023Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090162923001911