Ciudad de México - Secretaría de Gobierno - (CDMX)
Solicitud del día 07/05/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Gobierno - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónDerivado de la concentración que se llevará a cabo el 19 de mayo en el Zócalo capitalino, solicito me sea remitido el oficio con el cual el o la organizadora del evento solicitó la autorización para llevar a cabo el mitin y el oficio de respuesta a la solicitud para poder ocupar el Zócalo.Respuesta del día17/05/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud de Acceso a la Información Pública, registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el folio 090162924000731, con fundamento en los artículos 7°, 208, 211, 212 y 219 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRC), se adjunta al presente la respuesta a su requerimiento. En el mismo contexto, se le informa que respecto de la elaboración de versiones públicas que se ponen a su disposición, consistentes en 3 fojas útiles; a fin de dar cumplimiento al artículo 223 de la LTAIPRC y de conformidad con lo previsto en el artículo 249, fracción I del Código Fiscal de la Ciudad de México, deberá cubrir el costo de tres fojas a razón de $3.10 (tres pesos 10/100, M.N.) por cada versión pública a una sola cara; lo que asciende a un total de $ 9.30 M.N. ARTÍCULO 249.- Por la expedición en copia certificada, simple o fotostática o reproducción de información pública o versión pública, derivada del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se deberán pagarlas cuotas que para cada caso se indican a continuación: I. De copias certificadas o versiones públicas de documentos en tamaño carta u oficio, por cada página..................... $3.10 … En consecuencia, en caso de estar de acuerdo con la propuesta de pago, se le solicita hacerlo del conocimiento de esta Unidad de Transparencia a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y una vez que usted haya efectuado dicho pago y lo acredite ante esta Unidad de Transparencia. Derivado de lo anterior, se precisa que la información se entregará en versión pública, previo pago de derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 214 párrafos primero y segundo de la LTAIPRC: “Artículo 214. Los sujetos obligados establecerán la forma y términos en que darán trámite interno a las solicitudes en materia de acceso a la información(...) La elaboración de versiones públicas, cuya modalidad de reproducción o envío tenga un costo, procederá una vez que se acredite el pago respectivo…”Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090162924000731