Ciudad de México - Secretaría de Movilidad - (CDMX)
Solicitud del día 13/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Movilidad - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónAcordé al artículo 30 del reglamento de tránsito vigente en la Ciudad de México en las glorietas debe estar liberado de vehículos el lado izquierdo es decir no se pueden estacionar vehículos La pregunta es por qué no se ha procedido a restablecer el estado de derecho y proceder a retirar vehículos de la glorieta del parque Revolución en la Colonia Nueva Santa María en la alcaldía Azcapotzalco cuál es el fundamento legal para que no se instale personal de tránsito ni se realiza la labor de prevención y cuáles serán las medidas que se tomarán al respecto Otros datosEl parque Revolución es una glorieta y tiene señalamientos de glorieta pero es utilizado por vehículos de forma constante incluidos vendedores ilegales entonces quisiéramos saber por qué aunque se han realizado múltiples solicitudes de liberar la glorieta en cuestión la autoridad competente no lo realiza esto es en la alcaldía Azcapotzalco en la Colonia nuevo Santa María código postal 02800 el parque Revolución está ubicado en la avenida clavelinas entre Cruz Gálvez y Juan Sarabia esperamos su amable respuesta Ya que en otra solicitud de información nos contestaron que es la secretaría de seguridad ciudadana a quién le compete atender la solicitudRespuesta del día15/11/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud de acceso a la información pública con número de folio 090163024001760, se adjunta respuesta en formato PDF. Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090163024001760