Ciudad de México - Secretaría de Salud - (CDMX)
Solicitud del día 25/09/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Salud - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónConsulta de un folio. 330018824001042Respuesta del día30/09/2024Texto de respuestaCon la finalidad de garantizar a toda persona el Derecho de Acceso a la Información Pública en posesión de este Sujeto Obligado y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 203 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRC), que a letra dice: “Artículo 203. Cuando la solicitud presentada no fuese clara en cuanto a la información requerida o no cumpla con todos los requisitos señalados en la presente ley, el sujeto obligado mandará requerir dentro de los tres días, por escrito o vía electrónica, al solicitante, para que en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente en que se efectuó la notificación, aclare y precise o complemente su solicitud de información. En caso de que el solicitante no cumpla con dicha prevención, la solicitud de información se tendrá como no presentada. Este requerimiento interrumpirá el plazo establecido en el artículo 212 de esta ley. Ninguna solicitud de información podrá desecharse si el sujeto obligado omite requerir al solicitante para que subsane su solicitud. En el caso de requerimientos parciales no desahogados, se tendrá por presentada la solicitud por lo que respecta a los contenidos de información que no formaron parte de la prevención.” (Sic) Derivado de lo anterior, se le PREVIENE con la finalidad de que, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir de que reciba la presente notificación, aclare y/o precise a que información desea acceder, toda vez que de su solicitud no se desprende cuestionamiento alguno, así como del folio proporcionado no se identifica con que está relacionado, lo anterior a efecto de estar en posibilidades de gestionar su solicitud ante la Unidad Administrativa que en su caso resulte competente; precisando que esta Dependencia se encuentra obligada a proporcionar información que obre en sus archivos y que se documente derivado del ejercicio de sus atribuciones. Es importante precisar que únicamente podemos pronunciarnos por la información que genere y/o detenta esta Secretaria de Salud de la Ciudad de México (SEDESA). No se omite mencionar que, si transcurrido el plazo señalado en la LTAIPRCCDMX no se ha desahogado la prevención, se tendrá por no presentada la solicitud. Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090163324002967