Ciudad de México - Secretaría de Salud - (CDMX)
Solicitud del día 22/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Salud - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónSolicito información de la Dirección General de Prestación de Servicios Médicos y Urgencias: *Nombre, cargo y funciones reales del personal que se encuentra adscrito a dicha Dirección. *Antigüedad y sueldo del personal que se encuentra adscrito a dicha Dirección. *Experiencia laboral del personal que se encuentra adscrito a dicha Dirección. *Curriculum del del personal que se encuentra adscrito a dicha Dirección. *Horario del personal que se encuentra adscrito a dicha Dirección. *Título y cedula profesional del personal que se encuentra adscrito a dicha Dirección. Respuesta del día05/11/2024Texto de respuestaCon fundamento en lo dispuesto por los artículos 7, párrafo tercero, 13, 24 fracción II, 93 fracción IV y 219 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRC), se hace de su conocimiento que, mediante oficio SSCDMX/DGAF/3982/2024, la Mtra. Leticia Guadalupe Delgado Carrillo, Directora General de Administración y Finanzas, ha informado que, con fundamento en el artículo 129 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como lo establecido en el Manual Administrativo de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, Capítulo XXX “Dirección General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Salud”, identificado con el numeral MA-SAF-24-5468E570, dentro del ámbito de competencia de esta Dirección General, se hace de su conocimiento lo siguiente: Respecto a “…Nombre, cargo y funciones reales del personal que se encuentra adscrito a dicha Dirección. *Antigüedad y sueldo del personal que se encuentra adscrito a dicha Dirección…” (Sic), se precisa que esa Autoridad, está obligada a entregar la información o en su caso documentación que se encuentran al resguardo de sus archivos; es importante señalar que esta obligación no comprende el procesamiento de la misma, ni entregarla conforme al interés particular del solicitante, lo anterior con fundamento en el artículo 219, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México en correlación con el Criterio Orientador 03/17 emitido por el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), mismos que a la letra señalan: “Artículo 219 Los sujetos obligados entregarán documentos que se encuentren en sus archivos. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés particular del solicitante. Sin perjuicio de lo anterior, los sujetos obligados procurarán sistematizar la información. Criterio 03/17 No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información (…) los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre…” (Sic) Una vez aclarado lo anterior, se proporciona en formato electrónico PDF (Anexo 1) copia simple de la platilla del personal adscrito a la Dirección General de Prestación de Servicios Médicos y Urgencias; en la que se desprende nombre, descripción de puesto, fecha de alta, función real, perfil académico, número de cédula, horario y jornada laboral. Ahora bien, por cuanto hace al sueldo, las REMUNERACIONES así como los montos por las CONTRATACIONES DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS, se encuentran disponibles para su consulta y descarga en el Portal de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, ya que esta Dependencia cuenta con la obligación de publicar la remuneración mensual bruta y neta de todos sus servidores públicos, la cual podrá ser consultada por el peticionario específicamente en la fracción IX de la siguiente liga electrónica: http://data.salud.cdmx.gob.mx/ssdf/portalut/art121f09.php Aunado a lo anterior, en la fracción XII, del mismo precepto, se publican los contratos de los prestadores de servicios profesionales bajo el régimen de honorarios, asimilables a salarios; señalando entre otros datos, nombre completo, partida presupuestal, monto por los servicios prestados 2 y contrato; para consulta se publica en el siguiente link: http://data.salud.cdmx.gob.mx/ssdf/portalut/art121f12.php No se omite mencionar que la publicación se realiza acorde a la temporalidad marcada en el artículo 116, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de CuentasArchivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090163324003249