Ciudad de México - Secretaría de Salud - (CDMX)

Solicitud del día 01/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Salud - (CDMX) del órgano Ciudad de México

DescripciónBuenos días. De acuerdo con los lineamientos emitidos por la Unidad de Coordinación Nacional de Abastecimiento de Medicamentos y Equipamiento Médico, del INSABI (Instituto Nacional de Salud y Bienestar) con motivo de consolidar los Requerimientos de la demanda de medicamentos y material de curación para su adquisición consolidada para el ejercicio 2023 y 2024, solicito atentamente a su Institución y a las personas involucradas en dicho proceso los datos capturados en la plataforma SISTEMA DE GESTIÓN DE GASTOS CATASTRÓFICOS (SIGGC) VERSIÓN 4.0 realizadas entre el 01 de agosto 2022 y el 31 de octubre 2024, esta solicitud se realizó para el ejercicio de estimación de la demanda asociada a los medicamentos e insumos asociados con el FONSABI y SADMI de acuerdo con lo anterior es de nuestro interés solicitar de manera respetuosa lo siguiente: 1. Listado de medicamentos y material de curación capturados en dicho proceso (Carga de la demanda) y mencionada plataforma (SISTEMA DE GESTIÓN DE GASTOS CATASTRÓFICOS (SIGGC)” VERSIÓN 4.0), dicho listado debe contener: a. Fecha de captura. b. Nombre de la Unidad Médica. c. CLUES (Clave Única de Establecimientos de Salud) de destino. d. CLUES (Clave Única de Establecimientos de Salud) solicitante. e. Clave del medicamentos o insumo (Clave del Compendio Nacional de Insumos para la Salud). f. Descripción. g. Grupo terapéutico. h. Cantidad solicitada. i. Cantidad ajustada. j. Cantidad validada. k. Precio de Referencia. l. Fuente de Financiamiento. m. Estatus (Autorizado, rechazado, cargado, validado, pendiente de validar). n. Comentario. p. Observaciones y ajustes. 2.- Presupuesto destinado por fuente de financiamiento para dicho proceso. AGRADECEREMOS EL ENVÍO DE LA INFORMACIÓN EN ARCHIVO DE EXCEL, YA QUE SU DESCARGA DESDE LA PLATAFORMA DE SISTEMA DE GESTIÓN DE GASTOS CATASTRÓFICOS (SIGGC)” VERSIÓN 4.0 ES COMPATIBLE CON DICHO SOFTWARE. Sin más por el momento, agradezco sus atenciones y estaré atento a su oportuna respuesta. Respuesta del día06/11/2024Texto de respuestaCon la finalidad de garantizar a toda persona el Derecho de Acceso a la Información Pública en posesión de este Sujeto Obligado y con fundamento en los artículos 93, fracción VI, inciso C y 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que a la letra señalan: “Artículo 93. Son atribuciones de la Unidad de Transparencia: VI. Asesorar y orientar de manera sencilla, comprensible y accesible a los solicitantes sobre: c) Las instancias a las que puede acudir a solicitar orientación, consultas o interponer quejas sobre la prestación del servicio. Artículo 200. Cuando la Unidad de Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberá de comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y señalará al solicitante el o los sujetos obligados competentes. Si el sujeto obligado es competente para atender parcialmente la solicitud de acceso a la información, deberá de dar respuesta respecto de dicha parte. Respecto de la información sobre la cual es incompetente se procederá conforme a lo señalado en el párrafo anterior” (Sic). Al respecto, me permito informarle que la Secretaría de Salud de la Ciudad de México (SEDESA) no es competente para brindar dicha información, ya que del análisis de su requerimiento, se desprende que quien podría detentar dicha información es SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR), Sujeto Obligado de la Administración Pública Federal diferente a esta SEDESA, el cual proporciona en sus unidades médicas servicios de primero y segundo nivel de atención por medio de una amplia red de servicios donde se conjugue la atención médica con las acciones de promoción a la salud en la propia comunidad, brindando servicios de salud gratuitos a la población sin seguridad social, esto con fundamento en lo señalado por el artículo 77 bis 29, de la Ley General de Salud, donde se indica que al Organismo antes mencionado le corresponde asignar los recursos para la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos mediante el Fondo de Salud para el Bienestar que es un fideicomiso público sin estructura orgánica, constituido en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Por lo antes expuesto, me permito proporcionar las siguientes ligas electrónicas para su consulta: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf https://imssbienestar.gob.mx En virtud de lo anterior, resulta idóneo sugerirle ingresar una nueva Solicitud de Acceso a la Información Pública, a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado antes mencionado, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), misma que es administrada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y cuyos datos de contacto son los siguientes: https://www.plataformadetransparencia.org.mx Sujeto Obligado: SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) Titular de la Unidad de Transparencia: Lic. Miguel Bautista Hernández Dirección: Gustavo E. Campa, número 54, Colonia Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, C.P. 01020, CDMX, México Correo electrónico: transparencia.opd@imssbienestar.gob.mx Teléfono: 55 50 90 36 00 ext. 57499 Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090163324003353

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaSolicitud ImprocedenteTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta14/11/2024Fecha solicitud término06/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo