Ciudad de México - Secretaría de Salud - (CDMX)

Solicitud del día 12/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Secretaría de Salud - (CDMX) del órgano Ciudad de México

DescripciónPOR ESTE MEDIO, SOLICITO QUE SE REQUIERA DEL HOSPITAL PEDIATRICO IZTACALCO, SE SIRVA INFORMAR SOBRE LA EXISTENCIA, CONTENIDO Y AUTENTICIDAD DE LAS NOTAS MEDICAS EN LAS QUE SE REVISO A DARWIN DIDIER TORRES VALTIERRA, LAS CUALES SE AGREGAN A ESTA SOLICITUD PARA SU FACIL IDENTIFICACION.Respuesta del día15/11/2024Texto de respuesta Con la finalidad de garantizar a toda persona el Derecho de Acceso a la Información en posesión de este Sujeto Obligado, y con fundamento en el artículo 202 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que a la letra señala: “Artículo 202. En caso de que el particular haya presentado vía una solicitud de información pública, una relativa al ejercicio de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición de datos personales, la Unidad de Transparencia deberá prevenirlo sobre el alcance de la vía elegida y los requisitos exigidos por la ley en materia de protección de datos personales que sea aplicable” (Sic). Al respecto, de la literalidad de su solicitud, se desprende que lo que Usted desea es ejercer su Derecho de Acceso a Datos Personales y no un Acceso a la Información Pública, tal y como fue ingresada su solicitud a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT). Aunado a ello, se observa que hace alusión a “…HOSPITAL PEDIATRICO IZTACALCO…” (Sic), por lo que se hace de su conocimiento que la información requerida no es competencia de esta Dependencia del Ejecutivo Local sino de SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR), Sujeto Obligado de la Administración Pública Federal diferente a esta SSCDMX; el cual proporciona en sus unidades médicas servicios de primero y segundo nivel de atención por medio de una amplia red de servicios donde se conjugue la atención médica con las acciones de promoción a la salud en la propia comunidad, brindando servicios de salud gratuitos a la población sin seguridad social, de conformidad con el AVISO publicado en la GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, el 1 de julio de 2024, que a la letra dice: “AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER QUE A PARTIR DEL DÍA 1 DE JULIO DE 2024, LA ATENCIÓN INTEGRAL GRATUITA MÉDICA Y HOSPITALARIA CON MEDICAMENTOS Y DEMÁS INSUMOS ASOCIADOS A LAS PERSONAS SIN AFILIACIÓN A LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO LA OPERATIVIDAD DE LOS HOSPITALES DE ESTA DEPENDENCIA, SERÁN TRANSFERIDOS POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO A LOS SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS BIENESTAR) DE LA CIUDAD DE MÉXICO PRIMERO. A partir del 1 de julio de 2024, todo asunto relacionado con la operatividad de los hospitales de esta dependencia, así como la atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social en la Ciudad de México, estará a cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) de la Ciudad de México. SEGUNDO. Por lo anterior, todos aquellos procedimientos, avisos, notificaciones, peticiones, solicitudes de atención médica, solicitudes de información pública y lo relativo a solicitudes de datos personales, así como cualquier otro asunto relacionado con la operatividad de los hospitales de esta dependencia y la atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social en la ciudad de México, que se generen a partir del 1 de julio de 2024, deberán dirigirse al Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSSBIENESTAR) de la Ciudad de México” (Sic). Por lo antes expuesto, me permito proporcionar las siguientes ligas electrónicas para su consulta: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/aecd285dc9597a08a21e697a684341ae.pdf https://imssbienestar.gob.mx Derivado de lo anterior, resulta idóneo sugerirle ingresar una nueva solicitud de Acceso a Datos Personales ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado antes mencionado, de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44, 51 y 85, fracción II, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos OblArchivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090163324003492

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaSolicitud ImprocedenteTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta27/11/2024Fecha solicitud término15/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo