Ciudad de México - Auditoría Superior de la Ciudad de México - (CDMX)

Solicitud del día 04/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Auditoría Superior de la Ciudad de México - (CDMX) del órgano Ciudad de México

Descripción¿Cuál es el monto del recurso presupuestal destinado para el 01 octubre 2024 al 31 de diciembre 2024 para el Concejo de la Alcaldía Coyoacán 2024-2027? Respuesta del día06/11/2024Texto de respuestaSE ATIENDE REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN CONFORME A LO SIGUIENTE: OFICIO No. ASCM/UTGD/1087/24 ASUNTO: NOTORIA INCOMPETENCIA POR EL TOTAL DE LA INFORMACIÓN/SE CANALIZA. Ciudad de México, 06 de noviembre de 2024. Al respecto, es necesario precisar que la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) únicamente cuenta con las atribuciones y facultades que se establecen en los artículos 122, apartado A, fracción II, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62, numerales 1, 2, 3 y 7 de la Constitución Local; los artículos aplicables de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México, y en el Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México. De dicho marco legal se destaca que la atribución principal de la ASCM se circunscribe a la fiscalización de la Cuenta Pública del Gobierno de la Ciudad de México y que la función fiscalizadora que realiza tiene carácter externo, por lo que se lleva a cabo de manera independiente y autónoma de cualquier otra forma de control o fiscalización interna de los sujetos de fiscalización. Por lo anterior, la ASCM no posee, genera, ni administra la información que solicita; no obstante, derivado del análisis de su solicitud, conforme a lo establecido en el artículo 200, primer párrafo, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se procedió a identificar a la entidad pública competente para proporcionar la información que requiere, siendo la ALCALDÍA COYOACÁN. Para pronta referencia del ordenamiento citado anteriormente, su contenido se le presenta textualmente a continuación: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México Artículo 200. Cuando la Unidad de Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberá de comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y señalará al solicitante el o los sujetos obligados competentes. -Énfasis añadido- Cabe señalar que la competencia de la ALCALDÍA COYOACÁN, se fundamenta en la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México, artículos 31, fracción V; 41, 81 y 98 fracción I, los cuales indican: LEY ORGÁNICA DE LAS ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO Artículo 31. Las atribuciones exclusivas de las personas titulares de las Alcaldías en materia de gobierno y régimen interior, son las siguientes: […] V. Formular el proyecto de presupuesto de la demarcación territorial y someterlo a la aprobación del Concejo; Artículo 41. Las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías en materia de gobierno y régimen interior, coordinadas con el Gobierno de la Ciudad u otras autoridades, consisten en elaborar los proyectos de Presupuesto de Egresos de la demarcación y de calendario de ministraciones y someterlos a la aprobación del Concejo. Artículo 81. El Concejo es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial, que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a la Alcaldía, en los términos que señalen ésta y demás leyes aplicables. Artículo 98. Se requerirá mayoría simple de votos presentes de las y los integrantes del concejo para aprobar: I. El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Alcaldía correspondiente; y […] Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090163924000519

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetencia por la totalidad de la informaciónTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta19/11/2024Fecha solicitud término06/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaPoder Legislativo