Ciudad de México - Caja de Previsión de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México - (CDMX)
Solicitud del día 17/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Caja de Previsión de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México - (CDMX) del órgano Ciudad de México
Descripciónsolicito copia simple en versión publica del acta entrega que le fue entregada al Fernando López Moreno cuando tomo el cargo de director general.Respuesta del día31/10/2024Texto de respuestaCiudad de México, a 31 de octubre de 2024 CPPA/DG/UT/6324/2024 SOLICITANTE P R E S E N T E En atención a su solicitud de Acceso a Información Pública con número de folio 090168024002922 mediante la cual requiere: Solicito copia simple en versión publica del acta entrega que le fue entregada al Fernando López Moreno cuando tomo el cargo de director general. Sobre el particular y de conformidad con el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7 inciso D, numeral 1 y 2 de la Constitución Política de la Ciudad de 3.25.3333México y 4 del Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México CAPREPA, 2 fracción IV; 6; 23 fracción VI y del artículo 41 al 53 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, se atiende la presente solicitud de datos personales en los siguientes términos: Por otra parte y De acuerdo AL Estatuto Orgánico de la CAPREPA, la Dirección General es competente para dar respuesta a su solicitud. Respuesta: En relaciona a lo anterior esta Dirección hace la entrega de la copia simple de la información que obra en nuestros archivos, sírvase entregar la información solicitada. Finalmente, se le informa que la presente puede ser impugnada mediante el recurso de revisión de acuerdo al artículo 233 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuantas de la Ciudad de México, por lo que deberá interponerlo ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y protección de Datos Personales en posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México, o bien ante esta Unidad de Transparencia lo anterior en caso de no recibir respuesta por parte del sujeto obligado o este conforme con la misma, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución impugnada. A T E N T A M E N T E Juan Carlos Castellanos Rodríguez Responsable de la Unidad de Transparencia C. c. c. e. p. (dirgeneral@caprepa.cdmx.gob.mx) Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090168024002922