Ciudad de México - Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México - (CDMX)
Solicitud del día 30/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México - (CDMX) del órgano Ciudad de México
Descripción1. Si en el Estado existe una Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial o una Procuraduría de Protección al Ambiente, ¿ésta tiene la atribución de garantizar el bienestar animal? ¿Cuál es su fundamento legal? 2. En caso de que el Estado no cuente con una Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial o una Procuraduría de Protección al Ambiente, ¿existe alguna Secretaria, institución, dependencia u organismo gubernamental que garantice el bienestar animal? Respuesta del día12/11/2024Texto de respuestaPor instrucciones de la Lic. Brenda Daniela Araujo Castillo, Responsable de la Unidad de Transparencia de la PAOT, anexo al presente Oficio de folio PAOT-05-300/UT-900-1847-2024, de fecha 08 de noviembre de 2024, a través del cual se da respuesta y sugerencia a la Solicitud de Acceso a la Información Pública con número de folio 090172824000803; por lo que, con fundamento en el artículo 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se le sugiere ingresar sus solicitudes de acceso a la información a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información SISAI, a las Unidades de Transparencia del Gobierno Federal que son la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), mientras que a nivel Estatal son la Procuraduría de Protección Ambiental del Estado de Guerrero (PROPAEG); la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco (PRODEUR), la Procuraduría de Estatal de Protección al Ambiente del Estado de Jalisco (PROEPA), la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato (PAOT), la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México (PROPAEM), la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente del Estado de Aguascalientes (PROESPA), la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Michoacán de Ocampo (PROAM), la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Coahuila (PROPAEC), la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente del Estado de Veracruz (PMA), la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Campeche, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente del Estado de Hidalgo (PROESPA), Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo (PPA), la Procuraduría Ambiental del Estado de Querétaro (PEPMADU), la Procuraduría Ambiental del Estado de Sonora (PROAES), la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos (PROPAEM), la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Zacatecas (PPAEZ), la Procuraduría Ambiental del Estado de Chiapas (PAECH), la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y Ordenamiento Territorial del Estado de Nayarit (PROEPAOT), la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Oaxaca (PROPAEO), la Procuraduría Ambiental y Urbana de Tamaulipas (PAUT), la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala (PROPAET), por ser los Sujetos Obligados competentes para proporcionar la información por usted requerida. Por lo antes citado, sírvase encontrar adjunto al presente, identificado como Anexo I, archivo electrónico en formato PDF correspondiente a la atenta Nota con folio PAOT-05-300/500-1671-2024 de fecha 07 de noviembre de 2024, a través de la cual Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos da respuesta a su solicitud. Cabe señalar, que la presente respuesta y sugerencia, así como el archivo electrónico antes señalado, identificado como Anexo I, se encuentran en formato PDF, es decir, requieren la aplicación Adobe Acrobat Reader para la lectura e impresión del documento, por lo que en caso de que no cuente con ella, esta aplicación podrá descargarla gratuitamente en la dirección http://get.adobe.com/es/reader/ Quedamos a sus órdenes en caso que requiriera información adicional relacionada a sus solicitudes de información, tuviera alguna duda o comentario respecto a la respuesta brindada, o bien si al momento de descargar el presente oficio de respuesta y sugerencia, así como el archivo electrónico en formato PDF, identificado como Anexo I, se presentara algún problema respecto a su consulta, esta Unidad de Transparencia se pone a sus órdenes al teléfono (55)52650780 ext. 15400 y 15520 directamente con la que suscribe o bien con los servidores públicos: Mtra. Fabiola Alexandra Rougerio Cobos, Lic. Francisco Octavio Acosta Morales y los CC. Jazmin Villaseñor Aguirre y Manuel Monroy Vázquez, así como en las instalaciones de esta Unidad de Transparencia de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas. Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090172824000803