Ciudad de México - Procuraduría Social de la Ciudad de México - (CDMX)
Solicitud del día 20/04/2024 a la dependencia Ciudad de México - Procuraduría Social de la Ciudad de México - (CDMX) del órgano Ciudad de México
Descripción1. Que informe que se entiende por bienes de propiedad común de uso exclusivo dentro de un condominio. 2. Que informe cuales son los derechos de aquellos condóminos que cuentan con bienes de propiedad común de uso exclusivo dentro del condominio. 3. Que informe cuales son las obligaciones de los condóminos que cuenten con bienes de propiedad común de uso exclusivo dentro de un condominio. 4. Que informe si los cajones de estacionamiento pueden darse como bienes de propiedad común de uso exclusivo. 5. Que informe si la administración de condominos puede sancionar al condómino que cuente con bienes de propiedad común de uso exclusivo, en caso de disponer libremente del mismo. 6. ¿Que informe si puedo estacionar un auto sobre la línea divisora de los dos espacios de estacionamiento que ambos son bienes de propiedad de uso exclusivo del condóminos sin invadir o afectar otras áreas (se anexa foto) en caso de ser titular de 2 cajones de estacionamiento considerados bienes de propiedad común de uso exclusivo. 7. La forma de uso de cajones de estacionamiento considerados bienes de propiedad común de uso exclusivo, puede quedar subsumido al reglamento de condominios. Respuesta del día06/05/2024Texto de respuestaCiudad de México, a 06 de mayo de 2024. Por medio del presente, se adjunta la respuesta correspondiente a la solicitud de acceso a la información pública identificada con el folio 090172924000396 consistente en un oficio generado por la Unidad Administrativa. Esto, toda vez que dicho folio no requirió procesamiento de información se pone a su disposición de manera gratuita. Lo anterior con fundamento en el artículo 212 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Ahora bien, si requiere la copia certificada, ésta se pone a su disposición, previo pago de derechos, consistente en cuatro fojas (04) en copia certificada, las cuales serán entregadas en la Unidad de Transparencia de esta Procuraduría Social, ubicada en el piso 10 de la calle Mitla 250, Colonia Vértiz Narvarte, C.P.03600, Alcaldía Benito Juárez, en esta Ciudad Capital, en un horario de 09:00 am a 03:00 pm, dentro de los 05 días posteriores a la fecha en que se acredite el pago, de conformidad con el artículo 212 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y 249 del Código Fiscal de la Ciudad de México. Así mismo se hace de su conocimiento que podrá interponer un Recurso de Revisión en caso de que esté inconforme con la respuesta otorgada por el área, dicho recurso podrá ser interpuesto hasta 15 días hábiles después de la notificación de la presente respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090172924000396