Ciudad de México - Procuraduría Social de la Ciudad de México - (CDMX)
Solicitud del día 19/08/2024 a la dependencia Ciudad de México - Procuraduría Social de la Ciudad de México - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónDe acuerdo a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Distrito Federal y su reglamento, La Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal y su reglamento, así como el Manual Administrativo de la Procuraduría Social del Distrito Federal que estuvieron vigentes en el año 2003, solicito a la Unidad de Transparencia de la Procuraduría Social de la Ciudad de México se tan amable de informarme lo siguiente: 1) Cuales eran los requisitos y el procedimiento para solicitar un Libro de Actas de Asambleas por reposición por robo o extravío. 2) Cuál era la Unidad Administrativa dentro de la estructura orgánica de la Procuraduría Social del Distrito Federal ante la que se tenía que realizar dicho trámite y quién otorgaba el registro de dicho libro. 3) Cuales eran los requisitos y el procedimiento para solicitar el Registro de Administrador ante la Procuraduría Social del Distrito Federal 4) Cuál era la Unidad Administrativa dentro de la estructura orgánica de la Procuraduría Social del Distrito Federal ante la que se tenía que realizar dicho trámite y quién otorgaba el registro al Administrador. 5) Si no se contaba con el Libro de Actas de Asamblea autorizado por PROSOC, cuál era el procedimiento y los requisitos para asentar el nombramiento del administrador. Así mismo solicito se incluyan en la respuesta los artículos respectivos que dan soporte a la misma. Agradezco de antemano su atención. Respuesta del día30/08/2024Texto de respuestaCiudad de México, a 30 de agosto de 2024. Por medio del presente, se adjunta la respuesta correspondiente a la solicitud de acceso a la información pública identificada con el folio 090172924000707 consistente en un oficio generado por la Unidad Administrativa. Esto, toda vez que dicho folio no requirió procesamiento de información se pone a su disposición de manera gratuita. Lo anterior con fundamento en el artículo 212 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Ahora bien, si requiere la copia certificada, ésta se pone a su disposición, previo pago de derechos, consistente en dos fojas (02) en copia certificada, la cual será entregada en la Unidad de Transparencia de esta Procuraduría Social, ubicada en el piso 10 de la calle Mitla 250, Colonia Vértiz Narvarte, C.P.03600, Alcaldía Benito Juárez, en esta Ciudad Capital, en un horario de 09:00 am a 03:00 pm, dentro de los 05 días posteriores a la fecha en que se acredite el pago, de conformidad con el artículo 212 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y 249 del Código Fiscal de la Ciudad de México. Así mismo se hace de su conocimiento que podrá interponer un Recurso de Revisión en caso de que esté inconforme con la respuesta otorgada por el área, dicho recurso podrá ser interpuesto hasta 15 días hábiles después de la notificación de la presente respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090172924000707